Mujeres con Discapacidad01-12-2006MUJERES CON DISCAPACIDAD
2007
Aprobado por el Consejo de Ministros
de 1 de diciembre de 2006
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
Introducción 3
Análisis de la situación de las mujeres con discapacidad 12
Estructura del Plan 15
Objetivo del Plan 15
Principios del Plan 15
Áreas y herramientas 23
Área I.Imágenes
y prejuicios 25
Área II.Vida
familiar, relaciones y maternidad 29
Área III.-Educación 34
Área IV.Empleo
37
Área V.-Poder y Participación 42
Área VI.-Violencia 45
Área VII.- Salud 49
Área VIII.- Protección Social y Jurídica 54
Actuaciones del MTAS 61
Herramientas 68
Abreviaturas 74
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PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
Durante demasiado tiempo se ha ignorado la situación de desventaja
social en la que se encuentran las mujeres con discapacidad, cuya
presencia ha permanecido invisible. Las propias mujeres con
discapacidad, líderes de los movimientos asociativos y las expertas,
venían considerando que la discriminación que sufren es semejante a
la que afecta a todo el colectivo de discapacidad, con un plus añadido
por el hecho de ser mujeres. Por tanto, en el diseño de las políticas
de intervención sería suficiente introducir la perspectiva de
discapacidad en las políticas de género -se trata de aproximadamente
el 9% del total mujeres- o la perspectiva de género en las políticas de
discapacidad (en España el 58% de las personas con discapacidad,
son mujeres).
Pero el “Manifiesto Europeo de Mujeres con Discapacidad” (Foro
Europeo de la Discapacidad 1997) desveló que los papeles atribuidos
por la sociedad a las mujeres con discapacidad, son distintos a los
que se asigna a las mujeres en general. Este fenómeno de la doble
discriminación, es diferente y al tratarse de una situación estructural,
precisa un enfoque especifico, innovador y prolongado en el tiempo,
hasta conseguir que se establezca una situación de equidad.
La doble discriminación de las mujeres con discapacidad no es
producto de una suma de las necesidades que se plantean por
discapacidad y género, sino que al conjugarse ambas variables, se
produce una situación diferente y especial que es preciso conocer y
reconocer con el fin de disponer de un instrumento operativo, como
es el presente Plan de Acción, que permita responder a las
necesidades de esa situación específica, y así favorecer el acceso a la
igualdad de oportunidades y el disfrute pleno de los derechos, de este
colectivo de mujeres.
El Plan de Acción para las Mujeres con Discapacidad, dispone los
medios necesarios para invertir la tendencia en lo que se refiere al
ejercicio de derechos (civiles, sociales, y políticos) y disfrute de
recursos, fomentando su participación, y modificando normas sociales
y estereotipos discriminatorios.
Con el fin de aunar la oportunidad de las políticas de transversalidad
y las políticas específicas, el Plan incluye dos tipos de medidas:
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PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
•
De acción positiva, tendentes a reducir la brecha entre hombres
y mujeres con discapacidad.
•
De carácter transversal, que basadas en un enfoque integrado
se engarcen en las políticas de carácter general que se
adopten, tanto en las políticas dirigidas a la ciudadanía en
general, como en las de carácter sectorial.
El Plan tiene una fuerte fundamentación conceptual y teórica, dada la
novedad del análisis de la situación, basada en los diferentes
estudios, informes, recomendaciones y conclusiones generados, tanto
en el ámbito internacional, en especial en el marco europeo, como en
nuestro país. Desde que en el año 1997 se difundiera el Manifiesto de
las Mujeres con Discapacidad en Europa, el Ministerio de Trabajo y
Asuntos Sociales ha sido un protagonista destacado con relación a la
promoción y participación en iniciativas para la toma en consideración
de la situación de las mujeres con discapacidad, contando siempre,
con la cooperación del movimiento asociativo de este sector.
La preocupación y las iniciativas por acercarse al conocimiento de la
situación y abordar las medidas o líneas de acción que permitan
poner en pie de igualdad con el resto de la ciudadanía, es
actualmente un objetivo de diversas instancias y Organismos:
En el ámbito Internacional:
CONSEJO DE EUROPA
•
El Consejo inició sus trabajos sobre las perspectiva de género
en la discapacidad a través de la creación de un Grupo de
Expertos, en el seno del Comité para la rehabilitación e
integración de las personas con discapacidad (CD-P-RR), cuyos
componentes fueron, mayoritariamente, precisamente, mujeres
con discapacidad, y centró su análisis en la realidad que no
comparten con los hombres con discapacidad. Los trabajos del
Grupo de expertos finalizaron con el Informe “La discriminación
ejercida contra las mujeres con discapacidad”, aprobado por el
citado Comité (CD-P-RR) en su reunión anual de octubre de
2002.
•
Elaboración del Plan de Acción para Personas con Discapacidad
del Consejo de Europa 2006-2014. Como resultado de la
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MUJERES CON DISCAPACIDAD
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MUJERES CON DISCAPACIDAD
UNIÓN EUROPEA
•
El Plan de Acción para personas con Discapacidad 2004-2010
de la Unión Europea tiene como objetivo general el de
contribuir a configurar una Europa incluyente, destacando el
papel fundamental de la lucha contra la discriminación y la
participación de las personas con discapacidad en la economía y
la sociedad.
Precisamente uno de los grandes principios que inspiran la
acción comunitaria es el de reconocimiento y protección de los
derechos de las personas con discapacidad, conforme al artículo
13 del Tratado de la CE y para ello la Comunidad puede adoptar
acciones adecuadas para luchar contra la discriminación basada
entre otros motivos, en la discapacidad y el sexo. Estas
medidas aparte de legislativas como la Directiva sobre igualdad
de trato, son también instrumentales, económicas,
metodológicas, etc.
El Plan se articula en torno a tres objetivos operativos: Plena
aplicación de la Directiva 2000/78/CE de igualdad de trato en el
empleo; reforzar la dimensión de la discapacidad en todas las
políticas comunitarias pertinentes y potenciar la accesibilidad
para todos. El Plan que tiene ese carácter instrumental se
desarrolla en dos fases. En la primera no se contienen
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MUJERES CON DISCAPACIDAD
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En este sentido, la Comisión ha respaldado los esfuerzos
emprendidos a escala internacional para asegurar a las personas
con discapacidad el pleno y equitativo ejercicio de sus derechos
fundamentales, especialmente la elaboración del Convenio de las
NNUU para promover y proteger los derechos fundamentales de
las personas con discapacidad. La Comisión apoya este
instrumento que coincide con el enfoque comunitario de la
discapacidad: basado en los derechos y ajustado a lo dispuesto
en el artículo 13 del Tratado CE. Consecuentemente, las acciones
comunitarias incrementarán, sin duda, el enfoque de género en
todas sus decisiones dirigidas a las personas con discapacidad.
NACIONES UNIDAS
El Comité Ad hoc especial, creado por Resolución 56/168 de
Naciones Unidas de 19 de diciembre de 2001,para la preparación
del Proyecto de “Convención internacional amplia e integral para
proteger y promover los derechos y la dignidad de las personas
con discapacidad”, en su 8ª sesión celebrada en Nueva York del
14 al 25 de agosto de 2006, adoptó el proyecto de Convención
Internacional sobre los Derechos de las Personas con
Discapacidad, que ha sido presentado para aprobación a la
Asamblea General en su 61ª sesión de septiembre a diciembre
de 2006.
El proyecto de Convención reconoce la situación de
discriminación en que se encuentran los menores y mujeres con
discapacidad por su doble condición, la de mujer y la de
persona con discapacidad y que les impide el pleno disfrute de
los derechos humanos y libertades fundamentales. Así se
recoge en el Preámbulo (apartados n y q) del texto adoptado
por el Comité ad hoc que, además en su artículo 3 sobre
Principios Generales, recoge en su apartado g) la Igualdad
entre el hombre y la mujer. Contiene asimismo el Proyecto un
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MUJERES CON DISCAPACIDAD
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MUJERES CON DISCAPACIDAD
En síntesis, resulta evidente la preocupación porque en el texto
de esta Convención se hiciera visible la situación de la mujer
con discapacidad y la llamada de atención a los gobiernos para
la puesta en marcha de medidas que aborden su situación y les
permita acceder al pleno disfrute de los derechos humanos y
las libertades fundamentales.
En el ámbito nacional:
Las mujeres con discapacidad gozan jurídicamente de los mismos
derechos, libertades y deberes civiles y políticos constitucionales y
únicamente se les podrá privar de los mismos en los casos de
incapacitación, a través de una sentencia judicial y en los términos y
extensión que la misma establezca. Sin embargo, la vulnerabilidad de
su situación dificulta el ejercicio real de dichos derechos, como ponen
de manifiesto diversos estudios e informes sobre los casos de
maltratos, abusos o extorsiones a que se ven sometidas, por lo que
es necesario la concreción de los derechos que les corresponden,
especialmente como destinatarias y usuarias de las prestaciones y
servicios, así como de medidas protectoras específicas para
garantizar el ejercicio efectivo de sus derechos y responsabilidades.
En relación con los derechos sociales, nuestra Constitución incluye la
mayoría de los derechos relacionados con la satisfacción de
necesidades como los relativos a la protección social económica y
jurídica de la familia (artículo 39), a un régimen público de Seguridad
Social para toda la ciudadanía que les garantice la asistencia y
prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad
(artículo 41), a la protección de la salud (artículo 43), al disfrute de
una vivienda digna y adecuada (artículo 47), a una política de
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PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
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Los mandatos constitucionales son claros y específicos a la hora de
promover la igualdad y no discriminación. Así lo recoge el articulo 9.2
de la Constitución “corresponde a los poderes públicos promover las
condiciones para que la libertad y la igualdad sean reales y efectivas”
y se precisa con el artículo 14 “los españoles son iguales ante la ley,
sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de
nacimiento, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición, o
circunstancia personal y social”. De este modo, ambos mandatos
consagran la acción positiva y la no discriminación por razón de
discapacidad.
Como muchas de las discriminaciones se producen por considerar que
las leyes tienen carácter neutro, consolidando de este modo las
situaciones de desigualdad entre mujeres y hombres, se promulgó la
Ley 30/2003, de 15 de octubre, sobre medidas para incorporar la
valoración del impacto de género en las disposiciones normativas que
elabore el Gobierno, que exige la obligación de someter toda norma
de la Administración General del Estado, a un informe preceptivo
sobre el efecto que producirán en la vida de mujeres y hombres.
No obstante, ante cualquier planteamiento en materia de
discapacidad, hay que tener en cuenta el entramado competencial
entre el Estado y las Comunidades Autónomas. El Estado dispone de
competencias sobre la legislación en materia laboral, la legislación
básica en sanidad y seguridad social, y en este último caso también
sobre su régimen económico. Las Comunidades Autónomas, a su vez,
tienen competencia en la ejecución de la legislación en materia de
trabajo y relaciones laborales; desarrollo legislativo y ejecución de la
legislación básica sanitaria y de la seguridad social, salvo las normas
que configuran el régimen económico de esta última. En relación con
los servicios sociales, todas las Comunidades Autónomas han incluido
en sus Estatutos de Autonomía la competencia exclusiva sobre dicha
materia, aunque con diversas denominaciones, a partir de la cual han
promulgado Leyes de servicios sociales y/o acción social.
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MUJERES CON DISCAPACIDAD
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
En materia específica de discapacidad, el primer desarrollo
constitucional lo constituye la Ley 13/1982, de Integración Social de
los Minusválidos (LISMI), que marcó un hito en nuestro país en
cuanto a la promoción e integración social de personas con
minusvalía. Transcurridos más de veinte años desde su promulgación
y con motivo del Año Internacional de la Discapacidad, se aprobó la
Ley 51/2003, de Igualdad de Oportunidades, No Discriminación y
Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad (LIONDAU)
que constituye la plasmación más elaborada en nuestro país para
establecer nuevas garantías y hacer efectivo de este modo el derecho
a la igualdad de oportunidades y la no discriminación y que son de
dos tipos: medidas de acción positiva y medidas contra la
discriminación. La LIONDAU fue reforzada ese mismo año por la Ley
62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y
del orden social.
En respuesta a estas normas, la Administración del Estado consideró
conveniente la elaboración de instrumentos de planificación que
administren la gradualidad en la puesta en marcha de la LIONDAU. A
tal fin, y simultáneamente a su elaboración, se diseñaron dos planes,
el I Plan Nacional de Accesibilidad 2004-2012 y el II Plan de Acción
para las Personas con Discapacidad 2003-2007.
Con respecto a conseguir la igualdad real de las mujeres, y basados
en los preceptos constitucionales citados, desde finales de los ochenta
se han venido llevando a cabo Planes de Igualdad de Oportunidades
entre mujeres y hombres, en los que se ha tenido en cuenta los
colectivos de mujeres más vulnerables, ejecutándose en estos
momentos el IV Plan.
Tanto en la LIONDAU, como en los planes para personas con
discapacidad y en los de igualdad entre mujeres y hombres, se ha
tenido en cuenta la igualdad de oportunidades de las mujeres con
discapacidad, aunque no con el análisis que se incorpora en este
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PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
. La legislación más relevante en materia de igualdad
entre mujeres y hombres, en nuestro país, es:
-
La Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la
violencia de género, que contiene en su articulado distintas
previsiones en materia de sensibilización, prevención y detección
(artículo 3); o respecto al de derecho de información (artículo 18)
o la establecida en el artículo 32 respecto a la consideración
especial en que se encuentran determinadas mujeres, como son
las mujeres con discapacidad.
-
El proyecto de Ley Orgánica de Igualdad efectiva entre Mujeres y
Hombres, cuyo artículo 1, establece: “esta Ley tiene por objeto
hacer efectivo el principio de igualdad de trato y de oportunidades
entre mujeres y hombres, en particular mediante la eliminación de
la discriminación de la mujer, sea cual fuere su circunstancia o
condición...”.
Por todo ello, tanto por lo que se refiere a la tutela del Estado como
a los criterios generales de actuación de los poderes públicos, existe
fundamento legal a la vigencia y oportunidad de este I Plan de
Acción, favoreciendo la aplicación de las medidas del Plan en los
ámbitos competenciales de los diferentes organismos de la
Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas,
Ciudades de Ceuta y Melilla y Corporaciones locales.
Por otra parte y desde la instauración de la democracia, la iniciativa
social se ha incorporado a la acción social del Estado, aunque las
mujeres con discapacidad han tenido una incorporación más tardía.
En la década de los 90 se crea en Cataluña, con carácter pionero en
Europa, la primera Asociación de mujeres con discapacidad. Este
enfoque se refuerza con la celebración de la IV Conferencia Mundial
de Pekín de Naciones Unidas para el avance social de las mujeres
(1995), generándose desde entonces en nuestro país el movimiento
de asociaciones de mujeres con discapacidad, al crearse nuevas
asociaciones en Cataluña, Andalucía y en Asturias, con gérmenes
relevantes en la Comunidad Valenciana y en Murcia.
En el año 2000 en el Comité Español de Representantes de Personas
con Discapacidad (CERMI) se constituye la Comisión de la Mujer y se
encuentran en proceso de constitución los CERMIs autonómicos.
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PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
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También ha sido relevante el número de estudios y publicaciones que
se han sucedido sobre la situación de las mujeres con discapacidad,
lo que ha incrementado considerablemente el grado de conocimiento
del fenómeno de la doble discriminación. Consideración especial
merece la publicación del informe “Indicadores de exclusión social de
las mujeres con discapacidad” (Comisión Europea-Universidad
Autónoma de Barcelona-IMSERSO) que es una herramienta básica en
el diseño de cualquier plan de intervención para la igualdad de
oportunidades de las mujeres con discapacidad.
El I Congreso Internacional “Mujer y Discapacidad” (Valencia 2003)
celebrado en el marco del Año Europeo de Personas con
Discapacidad, ha supuesto un momento clave, tanto por el grado de
participación de las mujeres con discapacidad, como por la
importancia de sus conclusiones, especialmente las referidas a la
necesidad de impulsar medidas para que las mujeres con
discapacidad sean autónomas, participen en todos los ámbitos de la
vida social y adopten libremente sus papeles sociales sin cortapisas
que las condicionen.
Por último la Comisión de la Mujer del CERMI ha elaborado su I Plan
Integral de Acción para Mujeres con Discapacidad 2005-2008 que ha
sido ampliamente difundido entre las asociaciones de personas con
discapacidad de su ámbito.
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MUJERES CON DISCAPACIDAD
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MUJERES CON DISCAPACIDAD
N
DISCAPACIDAD
Las mujeres con discapacidad son diversas, ya que además de los
diferentes tipos y grados y situaciones cambiantes a lo largo de todo
el ciclo vital –desde niñas a mujeres mayores-, atraviesa todas las
clases sociales y las diferentes identidades culturales de nuestro país.
Se trata de una realidad que afecta a más de dos millones de
mujeres, que se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad y
muchas de ellas en riesgo de exclusión social, aunque todas
comparten, la posibilidad de padecer rechazo social, lo que produce
graves lesiones en la autoestima de mujeres con discapacidad.
Debido a sus especiales circunstancias, muchas de las barreras que
comparten con todas las mujeres, como son las dificultades para
conciliar la vida familiar y laboral, o la denuncia de violencia de
género familiar o institucional, se agudizan.
Alrededor de medio millón de mujeres con discapacidad en nuestro
país viven recluidas en sus domicilios, sin apenas poder de decisión
en el ámbito familiar, sin participación en los ámbitos laboral o
público, sin posibilidad de llevar una vida autónoma, con carencias de
carácter asistencial, agravadas por la edad avanzada y por asumir
casi en exclusiva la función de cuidadoras de sus progenitores.
A continuación se extraen los datos más destacables:
Las mujeres con discapacidad constituyen el 58% del total de
personas con discapacidad, siendo a partir de los 65 años el grupo
mayoritario, diferencia que se incrementa en personas mayores de
80 años de las cuales el 69% son mujeres frente al 31% de
hombres. (Fuente: Encuesta de Discapacidades, Deficiencias y Estado de Salud, 1999
INE, Fundación ONCE e IMSERSO, en adelante EDDES)
En relación con el estado civil de las personas con discapacidad, las
viudas representan el 39% del total de mujeres con discapacidad,
frente al 9% de los hombres con discapacidad viudos. Por lo que se
refiere al matrimonio, las mujeres casadas son un 45.2% del total de
mujeres, frente a un 67.30% de los hombres que se encuentran en
este estado. (Encuesta EDDES)
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PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
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MUJERES CON DISCAPACIDAD
EDDES)
La tasa de actividad de las mujeres con discapacidad (21,7 %) es
menor a la de las mujeres globalmente consideradas (44%) y menor
que la de los hombres con discapacidad (34%). (EPA 2005)
La tasa de paro de las mujeres con discapacidad (19,70%) es tres
puntos y medio superior a la de las mujeres sin discapacidad
(16,20%) y casi siete puntos superior a la de los hombres con
discapacidad (12,80%). (Las personas con discapacidad y su relación con el empleo
con datos de la Encuesta de población activa, del 2º trimestre del año 2002, INE, 2003, en
adelante INE 2003))
Existe una brecha considerable en relación con los hombres con
discapacidad en los indicadores de impacto de las medidas de
fomento de empleo. De 43.088 personas con discapacidad
beneficiadas, sólo 12731 son mujeres, es decir, sólo el 29.54%
(EDDES)
Un análisis del perfil de las personas que perciben pensiones no
contributivas, denota un claro predominio de las mujeres: el
73,46% del total de preceptores, o dicho de otro modo, el número de
mujeres con PNC´s triplica el número de hombres (Mapa de Prestaciones de
naturaleza no contributiva, IMSERSO 2004).
En el perfil de las personas que perciben pensiones no
contributivas de jubilación, esta preeminencia se hace más
evidente, en cuanto que el 85,01% son mujeres. La presencia
femenina entre pensionistas mayores de 84 años se acentúa aún
más, llegando al 89,95% (Mapa de Prestaciones de naturaleza no contributiva,
IMSERSO 2004).
El análisis cruzado en función de la capacidad para el desempeño de
las actividades de la vida diaria, tanto básicas como
instrumentales, muestra los mayores niveles de dependencia. Del
total de personas que necesitan de ayuda para el desempeño de las
actividades instrumentales de la vida diaria, el 65,4% son mujeres
(Encuesta EDDES; 1999).
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MUJERES CON DISCAPACIDAD
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
Entre los grupos de gran dependencia o dependencia severa, el
63% de las personas dependientes
discapacidad frente al 37% de hombres.
(Encuesta EDDES, 1999)
son mujeres con
Las mujeres con discapacidad apenas participan en los
ámbitos de poder de la sociedad a pesar de ser mayor su
participación en asociaciones. Por ejemplo, no llegan a la mitad
las asociaciones que cuentan con una presidenta, siendo un
20% en el caso de las asociaciones de personas con discapacidad
sensorial (Mujer con discapacidad y movimiento asociativo, QRM, 2004)
Este breve análisis permite deducir que muchas de las
mujeres con discapacidad constituyen un grupo considerable
de personas, que se encuentra en el umbral de la pobreza, y
que muestran, junto a otros colectivos, el rostro del fenómeno
de la feminización de la pobreza en nuestro país.
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PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
OBJETIVO DEL PLAN
El primer Plan de Acción para las Mujeres con Discapacidad tiene
como objetivo remover los obstáculos que ocasionan un fuerte
déficit de ciudadanía a las mujeres con discapacidad, a través
de medidas, que les garanticen el ejercicio y disfrute de sus
derechos y la participación plena en la vida social.
El Plan se refiere a todo el ciclo vital de las mujeres con discapacidad
y contempla toda su diversidad, aportando una herramienta de
trabajo con un enfoque integral y de género que garantice, mediante
medidas de acción positiva y transversales la igualdad de
oportunidades para las mujeres con discapacidad.
PRINCIPIOS DEL PLAN
Los ejes que inspiran este Plan se fundamentan en el reconocimiento
social de la discriminación que afecta a las personas con discapacidad
por un lado, y la discriminación por razón de género por otro, así
como en el marco normativo de Naciones Unidas, Unión Europea y
Consejo de Europa y que han sido recogidos en el artículo segundo de
la Ley 51/2003, de 2 de diciembre.
El espíritu de este Plan y las medidas de carácter positivo y
transversal que promueva estarán guiadas y fundamentadas en los
siguientes principios:
•
No discriminación
•
Igualdad de oportunidades
•
Acción positiva
•
Transversalidad
•
Vida autónoma
•
Participación
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•
Normalización
•
Accesibilidad universal
•
Diseño para todos y todas
a) No discriminación
- De las personas con discapacidad
Declaración de los Derechos Humanos, Constitución Europea
Articulo II-81 “se prohíbe toda discriminación, y en particular la
ejercida por razón de sexo, raza, color, orígenes étnicos o sociales,
características genéticas, lengua, religión o convicciones, opiniones
políticas, pertenencia a una minoría nacional, patrimonio,
nacimiento, discapacidad, edad u orientación sexual” (se asume
íntegramente el articulo 21 de la Carta de los Derechos
fundamentales de la UE (2000/C 364/01).
Constitución española.
Artículo 14: “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda
prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza,
sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia
personal o social” y artículo 49: “Los poderes públicos realizarán
una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración
de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a los que
prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán
especialmente para el disfrute de los derechos que este Titulo
otorga a todos los ciudadanos”
-De género
Declaración de los Derechos Humanos. Convención sobre la
eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.
Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y
de las Libertades Fundamentales Artículo 14. “Prohibición de
discriminación. El goce de los derechos y libertades reconocidas en
el presente Convenio ha de ser asegurado sin distinción alguna,
especialmente por razones de sexo, raza, color, lengua, religión,
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PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
Constitución europea
Artículo II-83 Igualdad entre mujeres y hombres. La igualdad entre
mujeres y hombres deberá garantizarse en todos los ámbitos,
inclusive en materia de empleo, trabajo y retribución. El principio
de igualdad no impide el mantenimiento o la adopción de medidas
que supongan ventajas concretas a favor del sexo menos
representado.
Constitución española.
Artículo 14 precitado.
b) Igualdad de oportunidades
- De las personas con discapacidad
Constitución Europea.
Artículo II-86. Integración de las personas discapacitadas. La Unión
reconoce y respeta el derecho de las personas discapacitadas a
beneficiarse de medidas que garanticen su autonomía, su
integración social y profesional y su participación en la vida de la
comunidad.
LIONDAU (Ley de Igualdad de Oportunidades no discriminación y
accesibilidad universal)
Artículo 4. Vulneración del derecho a la igualdad de oportunidades.
“Se entenderá que se vulnera el derecho a la igualdad de
oportunidades de las personas con discapacidad cuando se
produzcan discriminaciones directas o indirectas, acosos,
incumplimientos de las exigencias de accesibilidad y de realizar
ajustes razonables, así como el incumplimiento de las medidas de
acción positiva legalmente establecidas.”
Artículo 5. Garantías del derecho a la igualdad de oportunidades.
“Con el fin de garantizar el derecho a la igualdad de oportunidades
a la personas con discapacidad, los poderes públicos establecerán
medidas contra la discriminación y medidas de acción positiva.
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PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
1. Se consideran medidas contra la discriminación aquellas que
tengan como finalidad prevenir o corregir que una persona con
discapacidad sea tratada de una manera directa o indirecta
menos favorablemente que otra que no lo sea, en una situación
análoga o comparable.
2. Se entenderá que existe discriminación indirecta cuando una
disposición legal o reglamentaria, una cláusula convencional o
contractual, un pacto individual, una decisión unilateral o un
criterio o práctica, o bien un entorno, producto o servicio,
aparentemente neutros, puedan ocasionar una desventaja
particular a una persona respecto de otras por razón de
discapacidad, siempre que objetivamente no respondan a una
finalidad legítima y que los medios para la consecución de esta
finalidad no sean adecuados y necesarios.”
-De género
Constitución Europea asumiendo el artículo 23 de Igualdad entre
hombres y mujeres de la Carta de los Derechos Fundamentales de
la Unión Europea.
Artículo II-83. Igualdad entre mujeres y hombres. La igualdad
entre mujeres y hombres deberá garantizarse en todos los
ámbitos, inclusive en materia de empleo, trabajo y retribución. El
principio de igualdad no impide el mantenimiento o la adopción de
medidas que supongan ventajas concretas a favor del sexo menos
representado.
-De género y de discapacidad
Consejo de Europa:
Declaración de Málaga (Mayo 2003) artículo 39 “poner en marcha
los medios necesarios para conseguir la autentica igualdad de
oportunidades entre hombres y mujeres y una participación activa
de las mujeres y jóvenes con discapacidad en el campo de la
enseñanza y de la formación, el empleo, la política social, la
participación en la toma de decisiones, la sexualidad, la
representación social, la maternidad y la vida familiar, para
prevenir la violencia”.
- 18
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
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MUJERES CON DISCAPACIDAD
:
Informe sobre la situación de las mujeres de los grupos
minoritarios en la Unión Europea (2003/2009 (INI)) de la Comisión
de los Derechos de la Mujer e Igualdad de Oportunidades (Febrero
2004).
c) Acción positiva
Carta de los Derechos fundamentales de la Unión Europea
Artículo 26. Integración de las personas discapacitadas. “La Unión
reconoce y respeta el derecho de las personas discapacitadas a
beneficiarse de medidas que garanticen su autonomía, su
integración social y profesional y su participación en la vida de la
comunidad.”
Artículo 23. Igualdad entre hombres y mujeres. “La igualdad entre
hombres y mujeres será garantizada en todos los ámbitos,
inclusive en materia de empleo, trabajo y retribución. El principio
de igualdad no impide el mantenimiento o la adopción de medidas
que ofrezcan ventajas concretas a favor del sexo menos
representado”.
LIONDAU artículo 8. Medidas de acción positiva
1. Se consideran medidas de acción positiva aquellos apoyos de
carácter específico destinados a prevenir o compensar las
desventajas o especiales dificultades que tienen las personas
con discapacidad en la incorporación y participación plena en
los ámbitos de la vida política, económica, cultural y social,
atendiendo a los diferentes tipos y grados de discapacidad.
2.
Los poderes públicos adoptarán las medidas de acción positiva
suplementarias para aquellas personas con discapacidad que
objetivamente sufren un mayor grado de discriminación o
presentan menor igualdad de oportunidades, como son las
mujeres con discapacidad, las personas con discapacidad
severamente afectadas, las personas con discapacidad que no
pueden representarse a si mismas o las que padecen una más
acusada exclusión social por razón de su discapacidad, así como
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PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
3. Asimismo, en el marco de la política oficial de protección a la
familias, los poderes públicos adoptarán medidas especiales de
acción positiva respecto de las familias alguno de cuyos
miembros sea una persona con discapacidad.
Artículo 9. Contenido de las medidas de acción positiva
1. Las medidas de acción positiva podrán consistir en apoyos
complementarios y normas, criterios y prácticas más
favorables. Los apoyos complementarios podrán ser ayudas
económicas, ayudas técnicas, asistencia personal, servicios
especializados y ayudas y servicios auxiliares para la
comunicación.
Dichas medidas tendrán naturaleza de mínimos, sin perjuicio de
las medidas que puedan establecer las comunidades autónomas
en el ámbito de sus competencias.
2. En particular, las Administraciones públicas garantizarán que
las ayudas y subvenciones públicas promuevan la efectividad
del derecho a la igualdad de oportunidades de las personas con
discapacidad así como las personas con discapacidad que viven
habitualmente en el ámbito rural.
d) Transversalidad
En el ámbito de este Plan, transversalidad de las políticas, es el
principio en virtud del cual las actuaciones que desarrollan las
Administraciones públicas no se han de limitar únicamente a los
planes, programas y acciones pensados exclusivamente para las
mujeres con discapacidad, sino que las políticas de carácter general
en cualquiera de los ámbitos de actuación pública, han de tener en
cuenta las necesidades de las mujeres con discapacidad.
Las condiciones para el desarrollo de la transversalidad en las
políticas de carácter general se han de basar en:
•
Crear un contexto en el que se combinen las disposiciones
legales, la voluntad política y la formulación de objetivos claros.
- 20
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
•
Reforzar las capacidades con formación y especialización a lo
largo de todo el proceso.
•
Establecer mecanismos institucionales adecuados, teniendo en
cuenta que los mecanismos institucionales últimos son nuevas
maneras de trabajar, de planificar y de aplicar las políticas.
Se trata de contemplar el “mainstreaming” que la Comisión de la
Comunidades Europeas (Bruselas 2003) define como “la organización
o reorganización, mejora, desarrollo y evaluación de todas las
políticas, de modo que se incorpore la perspectiva de una igualdad de
géneros a todos los niveles y en todas las etapas por los agentes
normalmente involucrados en la confección de políticas”. Asimismo se
ha de considerar que las políticas a favor de las personas con
discapacidad deben concebirse, adoptarse y evaluarse con el objetivo
de garantizar la igualdad de trato de las mujeres con discapacidad.
e) Vida autónoma
La vida autónoma es la situación en la que la mujer con discapacidad
ejerce el poder de decisión sobre su propia existencia y participa
activamente en la vida de su comunidad, conforme al derecho al libre
desarrollo de la personalidad. Es primordial aplicar políticas
destinadas a permitir que las mujeres con discapacidad lleven una
vida autónoma, aseguren cuando sea posible su subsistencia con su
trabajo, elijan su vida privada, profesional o familiar, tengan acceso a
la educación, al empleo, a los lugares públicos y privados y hagan
que el conjunto de la sociedad se beneficie de su experiencia, sus
capacidades y sus talentos.
f) Participación
Para alcanzar la total implantación de los derechos de las mujeres
con discapacidad y combatir las interferencias que impiden que vivan
una vida como ciudadanas en libertad y con dignidad, es preciso que
las mujeres con discapacidad participen en todo el proceso de
elaboración de las políticas desde su planificación, diseño, ejecución,
seguimiento y evaluación, así como en la toma de decisiones a todos
los niveles: políticos, económicos y sociales.
- 21
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
Las mujeres con discapacidad deberán poder ver considerado en el
mismo:
•
La pluralidad de sus respectivas circunstancias, aquellas
distintas especificidades generadas por la propia discapacidad y
género.
•
La diversidad de tiempos y espacios que habita una mujer
dentro de todo su ciclo vital.
•
Se deben considerar otras variables que incrementan el grado
de exclusión social tales como: diversa orientación sexual,
cultura, etnia, entorno rural etc.
g) Normalización
Este principio indica que las mujeres con discapacidad deben poder
llevar una vida normal, accediendo a los mismos lugares, ámbitos,
bienes y servicios que están a disposición de cualquier persona.
h) Accesibilidad universal
La accesibilidad universal es la condición que deben cumplir entornos,
procesos, bienes, productos y servicios, así como los objetos e
instrumentos, herramientas y dispositivos, para ser comprensibles,
utilizables y practicables por todas las personas en condiciones de
seguridad y comodidad y de la forma más autónoma y natural
posible. Presupone la estrategia de “diseño para todos” y se entiende
sin prejuicio de los ajustes razonables que deban adoptarse.
i) Diseño para todos y todas
Cuando se habla de diseño para todos, se hace referencia a la
actividad por la que se concibe o proyecta, desde el origen, y siempre
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PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
ÁREAS Y HERRAMIENTAS DEL PLAN
El Plan consta de 8 áreas:
ÁREA I.
IMÁGENES Y
PREJUICIOS
ÁREA II.
VIDA FAMILIAR,
RELACIONES Y
MATERNIDAD
ÁREA III.
EDUCACIÓN
ÁREA V. PODER Y
PARTICIPACIÓN
ÁREA VI.
VIOLENCIA
ÁREA VII.
SALUD
ÁREA VIII.
PROTECCIÓN
SOCIAL Y JURÍDICA
ÁREA IV.
EMPLEO
Las medidas se pueden agrupar desde el punto de vista instrumental
en cinco tipos de herramientas:
Investigación: que permita conocer la situación de las mujeres con
discapacidad en los diferentes ámbitos, y desde este conocimiento
plantear propuestas de acción.
Información: tanto a los diferentes órganos responsables de las
políticas públicas, como a las mujeres con discapacidad y sus familias
sobre derechos y recursos sociales que les permitan ejercerlos y
utilizarlos.
- 23
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
Comunicación y sensibilización, de tal manera que se modifiquen
estereotipos sobre las mujeres con discapacidad, y permitan una
comprensión más ajustada a la realidad vivida y sentida por las
mujeres con discapacidad.
Evaluación: con el diseño de indicadores que faciliten una valoración
sobre lo realizado y el impacto en la calidad de las vidas de las
mujeres.
COMUNICACIÓN
Y SENSIBILIZACIÓN
FORMACIÓN
INFORMACIÓN INVESTIGACIÓN
EVALUACIÓN
- 24
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
Las circunstancias de las mujeres con discapacidad son diversas, con
intereses y situaciones diferentes, lo que permite a algunas disfrutar
de una vida plena y otras ven limitados sus derechos y expectativas.
Sin embargo, la imagen social transmitida en la sociedad occidental
actual es la de un grupo compacto y homogéneo: la imagen
estereotipada de una mujer con discapacidad es de una adulta en
silla de ruedas y no se piensa, en una mujer ciega o con una
deficiencia grave auditiva y una alta cualificación profesional.
Tampoco está presente en el imaginario colectivo, el casi medio
millón de mujeres (estimación de EDDES 1999) que permanecen en
sus casas, con una escasísima participación social, y muchas de ellas,
sin ser conscientes de que tienen derecho a una vida mejor, que son
sujetos de derechos, que pueden y deben ejercitarlos.
Las imágenes sociales describen de forma esquemática los colectivos
a partir de una serie de creencias –estereotipos- y valoraciones –
prejuicios-, más o menos acertadas o erróneas. La imagen social de
la mujer con discapacidad es distinta de la del resto de las mujeres.
Comparten una imagen surgida en las sociedades patriarcales que las
sitúa en condiciones de inferioridad respecto a los hombres y las
ubica dentro del ámbito doméstico y familiar. Sin embargo, se les
niega la posibilidad de ejercer aquellas funciones que estas mismas
sociedades consideran propias de las mujeres, ya que según la
imagen estereotipada existente, las que tienen una discapacidad
carecen de las cualidades necesarias para ser esposas o compañeras
y madres. Por otra parte, no trabajan fuera de casa, pero, por ser
eternas niñas, tampoco son libres en el ámbito doméstico.
Por otro lado, la imagen de las mujeres con discapacidad comparte
algunos atributos con la de los hombres con discapacidad. Existe una
concepción de la discapacidad que lleva asociada ciertos atributos
como inferioridad, lo que suscita sentimientos de rechazo, miedo, etc.
Pero, mientras que al hombre con discapacidad se le considera apto
para trabajar, tener y disfrutar de una pareja, y tener hijos e hijas, a
ellas se les niega tales posibilidades.
La imagen social de las mujeres con discapacidad cumple una función
fundamental en la discriminación que sufren. Por una parte, ofrece
argumentos aparentemente razonables –prejuicios- para justificar la
- 25
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
Para modificar esta imagen y, poder cambiar las actitudes hacia estas
mujeres, hay que tener en cuenta que ésta se adquiere en la familia,
la escuela, a través de relaciones con los distintos grupos sociales en
el imaginario simbólico: los cuentos, leyendas y otros productos de la
cultura... En todo caso, no se debe olvidar el relevante papel que
cumplen los medios de comunicación social en la transmisión de
imágenes, estereotipos y prejuicios sobre las mujeres con
discapacidad.
- 26
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
ORGANISMOS
Y
ENTIDADES
OBJETIVO 1. Fomentar una imagen
equilibrada y no discriminatoria de las
mujeres con discapacidad en los medios de
comunicación social.
1.1.-Acciones de sensibilización dirigidas a
profesionales de los medios de comunicación
sobre la utilización de una imagen no MTAS
estereotipada del papel de las mujeres con CC.AA.
discapacidad en la sociedad. teniendo en cuenta CC.LL.
las especiales dificultades en el ámbito rural
1.2.- Elaboración de criterios no discriminatorios
en relación con las mujeres con discapacidad en
los Observatorios de Publicidad discriminatoria,
para que se revisen los contenidos de los
mensajes en los medios de comunicación.
MTAS
CC.AA.
CC.LL.
1.3.- Elaboración de una Guía de Buenas Prácticas
dirigida a profesionales de la comunicación y de la
publicidad, que establezca mecanismos de
autocontrol sobre la transmisión estereotipada de
MTAS
la imagen de las mujeres con discapacidad.
1.4.- Presentación de modelos reales de mujeres
con discapacidad, atendiendo a su diversidad, así MTAS
como modelos positivos de mujeres con CC.AA.
discapacidad en cualquier medio de difusión. CC.LL.
1.5.- Apoyo de proyectos mediáticos y culturales
que refuercen la imagen cotidiana y positiva de las MTAS
mujeres con discapacidad en películas, CC.AA.
documentales, series de TV y publicidad. CC.LL.
- 27
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
gramas en los medios
audiovisuales específicos que generen y
promuevan actitudes y conductas positivas hacia
las mujeres con discapacidad.
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
gramas en los medios
audiovisuales específicos que generen y
promuevan actitudes y conductas positivas hacia
las mujeres con discapacidad.
MTAS
CC.AA.
CC.LL.
1.7.- Presencia y participación de mujeres con MTAS
discapacidad, en los programas en los que se CC.AA.
debatan temas de interés general, del colectivo de CC.LL.
las personas con discapacidad, o de las mujeres.
1.8.- Difusión en los medios de comunicación de
las actividades realizadas y promovidas por
mujeres con discapacidad
MTAS
CC.AA.
CC.LL.
1.9.- Fomento de una imagen no estereotipada de
las mujeres con discapacidad en las empresas, de
tal modo que aparezca con una visión cotidiana a
la hora de publicitar sus productos.
MTAS
OBJETIVO 2. Potenciar las acciones dirigidas
a los colectivos profesionales, dirigidas a
erradicar los prejuicios y estereotipos que
actúan con las mujeres con discapacidad.
2.1.- Incorporación en los Planes Institucionales
Ministeriales de la presencia y visibilidad de las
mujeres con discapacidad de manera que se
difundan modelos positivos.
MTAS/AGE
2.2.-Elaboración de protocolos, materiales
técnicos dirigidos a agentes y profesionales
implicados, en los que se incluyan el fomento de
una imagen positiva de las mujeres con
discapacidad, así como la eliminación de prejuicios
derivados de su doble discriminación.
MTAS/AGE
CC.AA.
CC.LL.
OBJETIVO 3. Sensibilizar a las mujeres con
discapacidad de que su situación es fruto de
la doble discriminación.
3.1.-Promoción de actuaciones específicas
destinadas a fomentar el análisis de los efectos de
la doble discriminación por parte de las mujeres
con discapacidad, y sus familias, dedicando una
especial atención a las mujeres afectadas por una
discapacidad grave, mujeres del ámbito rural e
inmigrantes.
MTAS/AGE
CC.AA.
CC.LL.
- 28
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
La familia de origen tiene una importancia fundamental en la
trayectoria vital que adoptan las mujeres con discapacidad. En ella es
donde se adquieren las primeras nociones de la visión del mundo que
predomina en cada sociedad y, por tanto, las mujeres con
discapacidad adquieren una determinada imagen de sí mismas que
lleva asociadas unas expectativas sobre lo que pueden y no pueden
hacer.
En nuestra sociedad occidental, una concepción desvalorizada de
estas mujeres refuerza actitudes y conductas de sobreprotección
familiar hacia ellas. Así, se las mantiene dentro del ámbito doméstico
y familiar porque “no pueden desenvolverse fuera del mismo”; en el
mundo exterior, “les pueden hacer daño, y sufrir episodios violentos”,
y se limitan las relaciones sociales. La sobreprotección coarta y, en
casos extremos, impide la autonomía condicionando, en muchos
casos, las posibilidades de integración y participación social de tales
mujeres.
A las mujeres con discapacidad se las considera incapaces de ejercer
las funciones que, tradicionalmente, se han reservado para las
mujeres: novias, compañeras, esposas y madres. Desde pequeñas,
se las persuade de que eso no es para ellas, que no pueden llevar
una vida independiente fuera de su familia de origen y, mucho
menos, ocuparse de unos hijos e hijas.
De hecho la defensa del derecho a la maternidad es una demanda
muy sentida por las mujeres con discapacidad, por ello este área
contempla medidas específicas de discriminación positiva
demandadas por las mujeres de este colectivo.
Por otro lado esta negación social a los roles que tradicionalmente
han desempeñado las mujeres esconde una realidad que permanece
invisible para la sociedad: la de las mujeres con discapacidad que
tienen a su cargo el cuidado de personas en situación de grave
dependencia (padres y madres de edad avanzada, sobrinos o
hermanos pequeños, etc.) sin un reconocimiento económico y social.
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PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
ORGANISMOS
Y
ENTIDADES
OBJETIVO 1. Potenciar la autonomía e
independencia de las mujeres con
discapacidad.
1.1.- Realización de un estudio de necesidades
para la detección de las carencias de servicios de
proximidad que precisen las mujeres con
discapacidad considerando las variables: tipo de
discapacidad, niveles socioeconómicos, de quien
dependen y edad.
MTAS
1.2.-Estudio de la posible implantación del
servicio de apoyo a domicilio a aquellas mujeres
con discapacidad que dado su grado de minusvalía
lo precisen, según se prevea en el Sistema para la
Autonomía y Atención a la Dependencia.
MTAS
CC.AA.
CC.LL.
1.3.- Fomento de la creación de servicios de
apoyo profesionalizado en el medio rural,
autogestionado por las propias mujeres, siempre
que ello sea posible.
MTAS
CC.AA.
CC.LL.
OBJETIVO 2. Incrementar la autonomía en el
ámbito familiar para erradicar la
sobreprotección.
2.1.-Campaña de desmantelamiento de la imagen
extendida de las mujeres con discapacidad, entre
las familias con mujeres y niñas con discapacidad.
MTAS
CC.AA.
CC.LL.
- 30
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
ja con
discapacidad, la asunción de sus derechos y
responsabilidades respecto a la misma y favorecer
así la autonomía personal.
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
ja con
discapacidad, la asunción de sus derechos y
responsabilidades respecto a la misma y favorecer
así la autonomía personal.
MTAS
CC.AA.
CC.LL.
ONGs
MEC
2.3.- Especialización en mujer con discapacidad de
las/los educadores/as de familia, posibilitando la
creación de unidades itinerantes en el medio rural.
MTAS
CC.AA.
CC.LL.
2.4.-Elaboración de protocolos de actuación
profesional y programas de implantación dirigidos
a familias con mujeres con discapacidad en
situaciones de conflicto.
MTAS
CC.AA.
CC.LL.
2.6.- Impulso de la constitución de grupos de
ayuda mutua en las ONGs. MTAS
CC.AA.
2.7.- Fomento de las actividades de ocio fuera del
ámbito familiar dirigidas a menores y adolescentes
con discapacidad y su incorporación a actividades
de ocio y tiempo libre, asegurando un tratamiento
no discriminatorio entre los dos sexos.
MTAS
CC.AA.
CC.LL.
ONGs.
OO.SS.
OBJETIVO 3. Fomentar el conocimiento del
uso diferencial del tiempo de las mujeres con
discapacidad.
3.1.- Elaboración de estudios sobre el uso del
tiempo de las mujeres con discapacidad en su vida
cotidiana.
MTAS
CC.AA.
CC.LL.
3.2.- Transmisión a la sociedad de la valoración
real, económica y social del trabajo doméstico y
de cuidados que realizan las mujeres con
discapacidad.
MTAS
CC.AA.
CC.LL.
- 31
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
jeres con
discapacidad.
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
jeres con
discapacidad.
4.1.- Realización de una investigación sobre el
conocimiento y desarrollo del derecho a la
sexualidad de las mujeres con discapacidad que se MTAS
encuentren en centros residenciales.
4.2.-Realización de una investigación sobre
sexualidad para el desarrollo de ayudas técnicas. MTAS
4.3.-Desarrollo de programas de educación
sexual y prevención de riesgos con especial
atención a las mujeres con deficiencias cognitivas,
enfermas mentales y mujeres con deficiencias de
comunicación.
MTAS
MEC
MSC
CC.AA.
CC.LL.
OBJETIVO 5. Facilitar el desarrollo del
derecho a las relaciones afectivas de las
mujeres con discapacidad.
5.1.- Realización de una investigación sobre el
tipo de relaciones de pareja existentes, que
permita desarrollar programas de actuación.
MTAS
5.2.- Realización de campañas de sensibilización y
encuentros en el movimiento asociativo de
personas con discapacidad y de mujeres con
discapacidad.
MTAS
CC.AA.
CC.LL.
OBJETIVO 6. Garantizar el derecho de las
mujeres con discapacidad al libre desarrollo
de la maternidad.
6.1.-Diseño de programas de planificación
familiar específicos, que tengan en cuenta las
diversas necesidades en función de los diferentes
tipos de discapacidad, incluyendo la garantía de la
autonomía de las mujeres en la toma de
decisiones respecto a la interrupción voluntaria de
su embarazo.
MTAS
MSC
CC.AA.
CC.LL.
- 32
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
jeres con
discapacidad que quieran ser madres y aquellas
que ya lo han sido.
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
jeres con
discapacidad que quieran ser madres y aquellas
que ya lo han sido.
MTAS
MSC
CC.AA.
CC.LL.
6.3.- Estudio de la viabilidad de una valoración MTAS
específica en los baremos de ingreso en las CC.AA.
escuelas infantiles a los hijos e hijas de mujeres CC.LL.
con discapacidad. MEC
6.4.- Promoción de servicios de proximidad para
la atención y cuidados de los hijos e hijas de las
mujeres con discapacidad.
MTAS
CC.AA.
CC.LL.
6.5.- Sensibilización e información a profesionales
que actúan en los procesos de custodia y adopción
para que no se produzcan situaciones
discriminatorias.
MTAS
MJ
6.6.-Atención multiprofesional destinada a
resolver los problemas que se puedan presentar
ante las exigencias de la maternidad.
MTAS
CC.AA.
CC.LL.
6.7.-Estudio del impacto de las medidas
adoptadas para garantizar ingresos mínimos en
las madres con discapacidad.
MTAS
MEH
CC.AA.
6.8.- Facilitación del acceso a los sistemas de
reproducción asistida, sensibilizando a las/los
profesionales implicados en el proceso y haciendo
accesible el propio sistema.
MTAS
MSC
CC.AA.
6.9.- Revisión y seguimiento de la aplicación de la
ley y disposiciones normativas sobre la
adjudicación de la patria potestad y guarda y
custodia de menores con madres con
discapacidad.
MTAS
- 33
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
El acceso al conocimiento y la formación es un elemento esencial
tanto para la autonomía personal al facilitar la adopción de decisiones
informadas, como para la integración y participación en la vida
económica, cultural social o laboral, ya que además de aportar la
información reglada necesaria para desempeñar una profesión u
oficio, ofrece conocimientos y pautas de socialización y culturización
fundamentales en la interacción social.
No obstante, muchas mujeres con discapacidad tienen graves
carencias educativas y formativas, ya que al no plantearse muchas
familias estos objetivos para sus hijas con discapacidad, no sienten la
necesidad de que éstas permanezcan y progresen al máximo en el
sistema educativo. Los déficits educativos de las mujeres con
discapacidad, tienen por tanto mucho que ver con la sobreprotección
que ejercen sus familias de origen, evitando de este modo, que las
mujeres con discapacidad decidan sus metas y medios para
conseguirlas.
Por otra parte los centros de enseñanza, con carácter general, no
cuentan con profesorado formado y sistemas adaptados a los
diferentes tipos de discapacidad, además de tener muchos de ellos
problemas de accesibilidad lo que no permite un seguimiento
adecuado de los distintos ciclos formativos, ni una participación
efectiva en actividades deportivas u extraescolares.
Todo ello provoca que exista mayor analfabetismo, una baja
escolarización y menor cualificación profesional en las personas con
discapacidad que en el resto de la población, incrementándose estas
tasas en razón del sexo, de tal manera que las tres cuartas partes de
las mujeres con discapacidad no han logrado superar los estudios
primarios y sólo una minoría (4%) tienen estudios universitarios.
Por otro lado se ha de promover el acceso al deporte para las
mujeres con discapacidad.
- 34
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
ORGANISMOS Y
ENTIDADES
OBJETIVO 1. Promover la integración e
inclusión de menores y mujeres con
discapacidad en todo el sistema educativo,
más allá de la enseñanza obligatoria,
asegurando un tratamiento no discriminatorio
por razón de sexo.
1.1.-Difusión de información, entre menores,
adolescentes, jóvenes y mujeres con discapacidad
sobre la importancia de la continuidad en el sistema
educativo, orientando y motivando sobre las
distintas oportunidades que este ofrece, impulsando
igualmente la práctica del deporte.
MTAS
MEC
CC.AA.
CC.LL.
1.2.- Inclusión en las campañas de información en
los distintos ciclos educativos de las cuestiones MTAS
sobre género y discapacidad, para eliminar los MEC
factores de la doble discriminación que pueden CC. AA.
sufrir los menores con discapacidad. CC. LL.
1.3.- Promoción de la participación de menores y
adolescentes con discapacidad en las actividades
escolares y extraescolares, especialmente la
práctica deportiva.
MTAS
MEC
CC. AA.
CC.LL.
1.4.- Diseño de programas para jóvenes y mujeres
con discapacidad mayores de 25 años destinados a MTAS
facilitar el acceso, ingreso y permanencia en la MEC
enseñanza superior, el ejercicio de los derechos CC. AA.
académicos y desarrollo de intereses culturales. CC. LL.
1.5.- Incorporación de las nuevas tecnologías al
sistema educativo dando prioridad a las mujeres
con discapacidad que residen en el ámbito rural,
fomentando la participación en la Red de
telecentros.
MTAS
MEC
MITC
CC.AA.
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PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
jeres con discapacidad en aquellas profesiones
en las que se encuentran infrarrepresentadas.
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
jeres con discapacidad en aquellas profesiones
en las que se encuentran infrarrepresentadas.
MTAS
CC. AA.
MEC
1.7.- Fomento de la reserva de plazas residenciales
para menores y mujeres con discapacidad que se
estén formando en cualquier nivel educativo.
MTAS
MEC
CC.AA.
OBJETIVO 2. Incorporar al sistema educativo
la perspectiva de discapacidad y género e
incentivar la participación de las familias de
menores con discapacidad en la vida escolar y
en las Asociaciones de madres y padres de
alumnas/os (AMPA).
2.1.- Incorporación de la perspectiva de género y
discapacidad en la formación en valores dentro del
currículo general del sistema educativo.
MEC
CC.AA.
2.2.- Inclusión de la discapacidad y el género en los
programas de formación y de actualización del
profesorado, y monitores de tiempo libre dentro de
los distintos niveles educativos.
MEC
CC.AA.
CC.LL.
2.3.- Asesoramiento y difusión entre el profesorado,
madres y padres y monitores de tiempo libre de
criterios que permitan el tratamiento adecuado de
la discapacidad y el género, para prevenir y evitar el
rechazo en el centro educativo de menores y
jóvenes con discapacidad.
MTAS
MEC
CC.AA.
CC.LL.
2.4.- Orientación a las familias sobre la incidencia MTAS
de la variable de género y discapacidad en la MEC
elección de estudios y profesiones de sus hijas. CC.AA.
CC.LL.
2.5.- Fomento de la colaboración de ONGs en las
actividades de motivación, y en el desarrollo de
actividades en los centros docentes.
MTAS
ONGs
MEC
- 36
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
El empleo es el instrumento por el que la mayoría de las personas
obtenemos recursos para poder vivir, además de ser un espacio de
participación social y desarrollo personal. No obstante, las
posibilidades de encontrar un empleo se ven ampliamente reducidas
para las mujeres con discapacidad, no sólo por tener bajos niveles
educativos sino porque su discapacidad les impida ejercer ciertos
trabajos, y los prejuicios y estereotipos sociales, asumidos por las
empresas y los compañeros y compañeras potenciales, suscitan
comportamientos discriminatorios hacia ellas.
Así, su tasa de actividad es del 27%, sensiblemente inferior a las
tasas de los hombres con discapacidad y con una importante
diferencia en la percepción de beneficios de las medidas de fomento
de empleo. Dentro de las mujeres con discapacidad en situación
activa, hay un elevado índice de desempleo ya que además de las
dificultades descritas, los centros de trabajo no suelen ser accesibles
y tienen dificultades añadidas para conciliar su vida profesional y
familiar, aún teniendo deseos y formación para incorporarse al
mercado de trabajo.
Ante esta situación, buena parte de ellas se ven abocadas a
permanecer inactivas, confinadas en el hogar y para las que la única
opción es percibir una pensión no contributiva, con el efecto perverso
de perpetuar su situación y de no manifestar siquiera la necesidad de
acceder al mercado de trabajo. Sin embargo se trata en muchos
casos de mujeres que realizan en el hogar un trabajo invisible y no
remunerado, como cuidadoras de los miembros de su familia y es
realmente importante poner de relieve todo el trabajo no remunerado
que llevan a cabo las mujeres, ya que sin él todo el sistema
económico social de nuestro país, no podría subsistir.
En el ámbito de la Seguridad Social, la Ley 8/2005, de 6 de junio,
para compatibilizar las pensiones de invalidez en su modalidad no
contributiva con el trabajo remunerado, tiene el objetivo de impulsar
la salida de las personas con discapacidad de la situación de
inactivos, y por tanto de las mujeres como beneficiarias mayoritarias
de estas pensiones, reconociéndose así su derecho a acceder al
mercado laboral.
- 37
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
ORGANISMOS
Y
ENTIDADES
OBJETIVO 1. Fomentar la adecuación de las
competencias básicas y profesionales de las
mujeres con discapacidad, que no han podido
acceder a la educación formal.
1.1.-Estudio de la implantación de itinerarios
personalizados para mujeres con discapacidad de
orientación, formación y empleo, adecuándolos a las
exigencias del mercado de trabajo.
MTAS
CC.AA.
CC.LL.
1.2.-Estudio de la introducción de módulos
específicos en autoestima, habilidades sociales y MTAS
laborales, dirigidos a las mujeres con discapacidad en CC.AA.
los programas de formación ocupacional y MEC
profesional. CC.LL.
1.3.- Sensibilización a las mujeres con discapacidad
sobre las necesidades específicas en materia de
formación.
MTAS
CC.AA.
MEC
1.4.- Motivación y orientación laboral y profesional MTAS
las mujeres con discapacidad susceptibles de CC.AA.
incorporarse a actividades formativas diversas. ONGs
CC.LL.
1.5.-Reserva de plazas para mujeres con
discapacidad en los cursos que imparten las
instituciones públicas, como el Instituto de la Mujer,
los organismos de las CC.AA., CC.LL., Servicio
Público de Empleo Estatal, etc.
MTAS/AGE
CC.AA.
ONGs
CC.LL.
OO.SS.
1.6.-Desarrollo de cursos de formación ocupacional
dirigidos a mujeres con necesidades especiales de
aprendizaje que no se puedan integrar en cursos
ordinarios.
CC.AA.
CC.LL.
ONGs
OO.SS.
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PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
jo de mujeres con
discapacidad, inactivas y desempleadas
estableciendo medidas activas.
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
jo de mujeres con
discapacidad, inactivas y desempleadas
estableciendo medidas activas.
2.1.- Orientación y asesoramiento en materia de
derechos y empleo, estatutos, salarios dignos,
compatibilidad del trabajo con prestaciones no
contributivas de invalidez de la Seguridad Social,
para mujeres desempleadas con discapacidad y
trabajadoras demandantes de empleo.
MTAS
CC.AA.
ONGs
OO.SS.
2.2.- Apoyo a la implantación de premios que
incentiven a las empresas a adoptar medidas de
acción positiva para las mujeres con discapacidad
que disminuya la diferencia entre sexos en general y
en especial dentro del colectivo de personas con
discapacidad.
MTAS
CC.AA.
OO.SS.
2.3.- Promoción del teletrabajo para mujeres con
discapacidad, ofreciendo programas de formación
adaptados a las necesidades según el tipo de
discapacidad.
MTAS
CC.AA.
CC.LL.
2.4.- Fomento de la flexibilidad de las jornadas
laborales para ambos progenitores con el fin de
favorecer la conciliación de la vida familiar y laboral.
MTAS
CC.AA.
2.5.-Estudio sobre incorporación de criterios
prioritarios para mujeres con discapacidad en los
baremos de concesión de micro-créditos o
subvenciones a fondo perdido para las mujeres, con
el fin de favorecer el autoempleo.
MTAS
CC.AA.
2.6.- Estudio de adopción de medidas de inserción
laboral que den prioridad en la aplicación de esas
medidas a las mujeres con discapacidad beneficiarias
de la Renta Activa de Inserción.
CC.AA.
- 39
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
CC.AA.
2.8.- Estudio del impacto de las medidas para
fomento del empleo en las mujeres con discapacidad. MTAS
OO.SS.
2.9.-Desarrollo de programas de prácticas
profesionales dirigidos a mujeres con discapacidad.
MTAS
CC.AA.
CC.LL.
2.10.- Seguimiento de las medidas de inserción
laboral de mujeres con discapacidad, aprobadas en el
II Plan de Acción de personas con discapacidad 20032007.
Elaboración de indicadores del impacto de las
medidas contempladas en dicho plan.
MTAS
OBJETIVO 3. Adecuar las políticas de empleo a
la situación de doble discriminación.
3.1.- Estudio de indicadores de los perfiles laborales,
creando un sistema integrado de información
estadística sobre actividad y empleo de personas con
discapacidad, con perspectiva de género.
MTAS
3.2.- Análisis de las profesiones en las que las
mujeres con discapacidad se encuentran
infrarrepresentadas en relación con las mujeres en
general y con los hombres con discapacidad, con el
fin de proponer medidas encaminadas a facilitar su
diversificación profesional.
MTAS
3.3.- Estudio de las actitudes del empresariado y en
el entorno laboral, en relación con la contratación de
mujeres con discapacidad.
MTAS
- 40
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
jeres
con discapacidad al empleo público.
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
jeres
con discapacidad al empleo público.
4.1- Difusión entre las mujeres con discapacidad de
la oferta de empleo público, reserva de plazas y
facilidades para la adaptación de puestos.
MAP
MTAS
CC.AA.
CC.LL.
4.2- Establecimiento de programas de formación que
faciliten el acceso a la función pública a las mujeres
con discapacidad, dándoles prioridad en el acceso a
los cursos, teniendo siempre en cuenta las
características contenido y sector, a los que vayan
dirigidos.
MTAS
MAP
CC.AA.
CC.LL.
4.3.-Impulso de actuaciones para adecuar las
medidas recogidas en el Plan Concilia a las
necesidades de las mujeres con discapacidad.
MTAS
MAP
- 41
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
Una sociedad no puede considerarse plenamente democrática, si la
mitad de la población -las mujeres- no participan en la toma de
decisiones colectivas. Si la ciudadanía se compone al cincuenta por
ciento de ambos sexos, los órganos de poder y centros de decisión,
deben ser reflejo de dicha composición social.
Las mujeres con discapacidad apenas han participado en ningún
centro de poder ni en ningún proceso de toma de decisiones. Sus
situaciones han pasado inadvertidas -apenas un 20% de asociaciones
de personas con discapacidad desarrollan proyectos dirigidos a las
mujeres- diluidas en el conjunto de necesidades de los respectivos
colectivos, y ello pese al papel esencial que han jugado en la creación
e impulso de asociaciones de personas con discapacidad desde sus
inicios en los años 70. No obstante, en los últimos quince años están
empezando a oírse voces de mujeres con discapacidad en distintos
foros nacionales e internacionales que han hecho sacar a la luz la
doble discriminación que les afecta y que las sitúa en una situación
de desventaja respecto al resto de mujeres y a los hombres con
discapacidad.
La escasa participación de las mujeres con discapacidad en los
espacios y actividades de ocio y tiempo libre, simplemente percibida
por las interesadas (ya que no hay investigaciones al respecto) es
también otra carencia significativa, considerándose éste sin embargo
como un ámbito esencial para generar vínculos afectivos, desarrollar
partes importantes de la personalidad y habilidades sociales, así
como establecer un entramado de relaciones sociales imprescindibles
para su integración social.
- 42
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
ORGANISMOS
Y
ENTIDADES
Objetivo 1. Promover la presencia, participación,
liderazgo de las mujeres con discapacidad en la
esfera política y social y en los procesos de toma
de decisiones.
1.1.- Estudio sobre la posibilidad de determinación de MTAS
cuotas de participación de las mujeres con CC.AA.
discapacidad en los órganos de decisión de los CC.LL.
distintos ámbitos públicos. ONGs
OO.SS.
1.2.- Fomento del establecimiento de programas de
subvenciones a asociaciones de mujeres con
discapacidad para potenciar la participación de las
mismas en los organismos internacionales, nacionales,
autonómicos y locales, en todos los asuntos que les
atañen como ciudadanas.
MTAS
CC.AA.
CC.LL.
1.3.-Desarrollo de campañas de sensibilización
dirigidas a la sociedad en general y a las propias MTAS
mujeres con discapacidad para erradicar estereotipos CC.AA.
y garantizar la igualdad de trato y de oportunidades. CC.LL.
1.4.-Celebración de seminarios, jornadas y
encuentros interinstitucionales con participación de las
asociaciones de las mujeres con discapacidad para
analizar las necesidades, demandas y recursos que
impulsen la participación y el liderazgo.
AGE
CC.AA.
CC.LL.
ONGs
OO.SS.
1.5.- Apoyo de programas de formación de líderes que
estimulen la participación activa y liderazgo de las
mujeres con discapacidad en todo tipo de
asociaciones, empresas, administraciones, organismos
deportivos y organizaciones políticas y sindicales.
MTAS
CC.AA.
CC.LL.
ONGs
OO.SS.
- 43
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
jeres con discapacidad en las diferentes
actividades que se organicen desde las
Administraciones Públicas.
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
jeres con discapacidad en las diferentes
actividades que se organicen desde las
Administraciones Públicas.
AGE
CC.AA.
CC.LL.
1.7.- Apoyo a la programación de actos de promoción
de mujeres con discapacidad líderes de diferentes
sectores sociales, que promuevan la erradicación de
estereotipos y potencien la asunción de
responsabilidades y la lucha por los derechos públicos
y privados.
MTAS
CC.AA.
CC.LL.
OBJETIVO 2. Promover la participación de las
mujeres con discapacidad en el movimiento
asociativo.
2.1.- Apoyo a los programas de subvenciones para la
creación, constitución y mantenimiento de
asociaciones de mujeres con discapacidad.
MTAS
CC.AA.
CC.LL.
2.2.-Fortalecimiento de redes de mujeres con
discapacidad a través del apoyo a la constitución de
recursos humanos, documentales, informáticos y de
acceso a las nuevas tecnologías.
MTAS
CC.AA.
CC.LL.
OBJETIVO 3. Fomentar la participación de las
mujeres con discapacidad en los programas de
ocio y tiempo libre.
3.1.- Apoyo los programas de ocio y tiempo libre que MTAS
prioricen la participación de las mujeres con ONGs
discapacidad. MEC
CC.AA.
CC.LL.
OO.SS.
3.2.- Impulso a los servicios de apoyo con personal MTAS
voluntario, que fomenten la participación de mujeres MEC
con discapacidad muy afectadas, en actividades de CC. AA.
ocio y tiempo libre fuera del hogar. CC.LL.
ONGs
OO.SS.
- 44
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
La violencia contra las mujeres o violencia de género es la
consecuencia de una relación asimétrica de poder entre ambos sexos.
Tradicionalmente los hombres han ejercido el control sobre las
mujeres, y cuando lo pierden o temen perderlo recurren a la
violencia.
Las mujeres con discapacidad son víctimas de la violencia de género
ejercida contra las mujeres, pero, además, sufren un tipo de violencia
específica, siendo el grado de incidencia superior (de dos a cinco
veces más que las mujeres en general), según estudios realizados en
diversos países. Esta violencia es ejercida, no sólo por parte de
quienes mantienen o han mantenido relaciones afectivas con ellas,
sino también por las personas de su entorno familiar, social,
sanitario, asistencial, etc. Es decir, allí donde existe una relación de
desequilibrio de poder y dependencia, se favorece la existencia de la
violencia y el abuso.
De este modo, este abuso y violencia es evidente en la vida cotidiana
de muchas mujeres con discapacidad: la suplantación de su voluntad,
la ridiculización, la esterilización y el aborto sin su consentimiento, la
negligencia en su atención, etc. son hechos que se repiten, aunque
estas situaciones difícilmente se denuncian, lo que contribuye a
mantener la invisibilidad de una situación a todas luces injusta.
Esto es así, por actitudes sociales y barreras estructurales y físicas,
entre ellas, la poca credibilidad que se le atribuye a las mujeres con
discapacidad, especialmente en aquellas mujeres que tienen
dificultades de comunicación o intelectuales, el rechazo que produce
el victimismo y el problema añadido para interponer una denuncia
cuando no existen medios suficientes para hacerlo y son las propias
personas que les atienden sus agresoras, dependiendo de dichas
personas para poder formular la denuncia.
Pese a la ausencia de estudios contrastados, las mujeres con
discapacidad son más vulnerables a sufrir violencia, especialmente las
mujeres institucionalizadas o en situación de dependencia, así como
las inmigrantes. Del mismo modo, las/los menores con discapacidad
son objeto de maltrato.
- 45
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
ORGANISMOS
Y
ENTIDADES
OBJETIVO 1.- Conocer las características de la
violencia ejercida sobre las mujeres con
discapacidad, relación con la violencia de
género y la violencia relacionada con la
discapacidad.
1.1.-Investigación sobre la violencia específica
ejercida sobre las mujeres con discapacidad en
ámbitos institucionales y domésticos que permita
conocer sus causas y efectos.
MTAS
CC.AA.
1.2.- Desarrollo de herramientas para la identificación
precoz de situaciones de violencia que se pueden
estar perpetrando contra las mujeres con
discapacidad en entornos cerrados y segregados.
MTAS
CC.AA.
OBJETIVO 2.Sensibilizar
y formar sobre la
violencia de género en las mujeres con
discapacidad y el maltrato a menores
2.1.-Realización de campañas de prevención y
sensibilización sobre violencia de género y
discapacidad, dirigidas a mujeres que la padecen, a
las asociaciones relacionadas con la discapacidad y la
infancia y a la sociedad en su conjunto.
MTAS
CC.AA.
CC. LL.
2.2.- Información y formación sobre la violencia de
género a las mujeres con discapacidad (con especial
atención a aquéllas que se encuentran en situación de
riesgo de exclusión social) sobre sus derechos y
acceso a los recursos existentes.
MTAS
CC.AA.
CC.LL.
ONGs
OO.SS.
- 46
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
genes en relación con
la violencia de cualquier tipo, el maltrato a menores
y las agresiones sexuales, incluyendo aspectos
orientados a la prevención.
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
genes en relación con
la violencia de cualquier tipo, el maltrato a menores
y las agresiones sexuales, incluyendo aspectos
orientados a la prevención.
MTAS
CC.AA.
2.4.- Inclusión de las mujeres con discapacidad en
las campañas de sensibilización e información sobre
violencia.
MTAS
CC.AA.
CC.LL.
OBJETIVO 3. Garantizar una formación
adecuada en materia de violencia de género y
discapacidad, a los profesionales implicados
en la prevención, detección y atención de
mujeres con discapacidad.
3.1.- Elaboración de protocolos y programas de
implantación para la prevención, detección y
atención a mujeres con discapacidad,
especialmente en ámbitos institucionales y
domésticos.
MTAS
CC.AA.
CC.LL.
3.2.- Realización de actividades formativas en torno
a la violencia hacia las mujeres y maltrato a
menores con discapacidad, dirigidas a profesionales
del ámbito judicial, psicosocial y de seguridad
pública (Judicatura, Fiscalía, Forenses, Abogacía,
Fuerzas de Seguridad, Fuerzas Armadas).
MTAS
MJ
MI
MD
CC.AA.
CC.LL.
3.3.-Realización de actividades de formación
dirigidas a profesionales de la sanidad, educación y
servicios sociales, para que detecten y aprecien la
existencia de malos tratos, agresiones y abusos
sexuales a mujeres con discapacidad.
MTAS
MSC
CC.AA.
CC.LL.
MEC
3.4.-Realización de actividades de formación
dirigidas a profesionales de los servicios de atención
a víctimas de violencia, para que presten una
atención adecuada las mujeres con discapacidad.
MTAS
MSC
CC.AA.
CC.LL.
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PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
jeres con
discapacidad víctimas de violencia doméstica
o institucional.
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
jeres con
discapacidad víctimas de violencia doméstica
o institucional.
4.1.-Dotación de recursos a la Red de violencia de
género existente para que se adecuen a las
características específicas de las mujeres con
discapacidad, con especial atención a las más
vulnerables (mujeres institucionalizadas o en
situación de gran dependencia).
MTAS
CC.AA.
CC.LL.
4.2.- Impulso del incremento de redes sociales de MTAS
apoyo, a través de las asociaciones de mujeres con CC. AA.
discapacidad y otras organizaciones sociales. CC. LL.
ONGs
OO.SS.
4.3.- Prioridad en los plazos de ejecución en la
accesibilidad urbanística, arquitectónica y de
comunicación, de las casas de emergencia de
acogida y pisos tutelados.
MTAS
CC. AA.
CC. LL.
- 48
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
La asistencia sanitaria de carácter universal en nuestro país, no se
adecua a las necesidades y circunstancias de las mujeres con
discapacidad. Las leyes dictadas para eliminar las barreras
arquitectónicas, actitudinales y de comunicación, que fueron
concebidas para mejorar el acceso al sistema público de salud de las
personas con discapacidad se han mostrado incapaces de satisfacer
las necesidades específicas de las mujeres de este colectivo. Así, por
ejemplo, hay dificultades de accesibilidad a los servicios dirigidos a
las mujeres (ginecología, obstetricia, planificación familiar) el
instrumental utilizado en las consultas ginecológicas (camillas,
equipamiento para la realización de las exploraciones, mamografías,
etc.) no tiene en cuenta la presencia de una mujer con silla de
ruedas.
Así mismo, se dan con frecuencia conductas inadecuadas y
claramente discriminatorias por parte del personal médico-sanitario,
como no dirigirse directamente a ellas a la hora de hacer preguntas
sobre lo que les ocurre, sino hablar con la persona acompañante.
Otras veces, se quita importancia a las dolencias de estas mujeres,
atribuyéndolas a sus deficiencias.
Las dificultades que encuentran las mujeres con discapacidad en el
ámbito sanitario, les dificulta el disfrute de derechos esenciales como
el derecho a la maternidad, a la interrupción voluntaria del embarazo,
o al desarrollo de su sexualidad.
Finalmente, se debe hacer referencia a las llamadas Enfermedades
Raras, es decir, aquellas cuya incidencia en la población es inferior a
cinco casos por cada diez mil habitantes. Con frecuencia, las
enfermedades raras desembocan en discapacidad, debido a su
carácter degenerativo y buena parte de ellas tienen una prevalencia
mayor entre las mujeres que entre los hombres.
- 49
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
ORGANISMOS
Y
ENTIDADES
OBJETIVO 1. Conocer aspectos específicos de la
salud de las mujeres con discapacidad.
1.1.- Fomento de investigaciones sobre prevención,
diagnóstico y tratamiento de las causas de
discapacidad en mujeres.
MTAS
MSC
CC.AA.
1.2.- Apoyo a la investigación sobre la provisión de
servicios de atención ginecológica adaptados para
mujeres con discapacidad.
MTAS
MSC
CC.AA.
1.3.- Elaboración de estudios de prevalencia por sexo
en el caso de las enfermedades raras como esclerosis
múltiple, fibromialgia, enfermedad de Turner o artritis
reumatoide.
MTAS
MSC
CC.AA.
1.4.- Elaboración de un estudio, con perspectiva de MTAS
discapacidad y género sobre las necesidades de salud MSC
integral de las mujeres con discapacidad. CC.AA.
CC.LL.
OBJETIVO 2. Mejorar la calidad de la asistencia
sanitaria pública y de las prestaciones dirigidas
a las mujeres con discapacidad.
Medidas referidas a todo el ciclo vital de las
mujeres con discapacidad
2.1.- Realización de campañas de educación sanitaria,
con perspectiva de discapacidad y género, de
adquisición de hábitos de vida saludables dirigidas a
las mujeres con discapacidad.
MTAS
MSC
CC.AA.
CC.LL.
2.2.- Fomento de programas específicos de educación MTAS
en estilos de vida saludable, autoestima, nutrición, MSC
rehabilitación, ejercicio físico etc. dirigidos a menores MEC
y adolescentes con discapacidad. CC.AA.
CC.LL.
- 50
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
gramas de prevención y
promoción de la salud dirigidos a mujeres con
discapacidad, que contemplen acciones de
información y sensibilización sobre los derechos y
recursos de salud existentes.
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
gramas de prevención y
promoción de la salud dirigidos a mujeres con
discapacidad, que contemplen acciones de
información y sensibilización sobre los derechos y
recursos de salud existentes.
MTAS
MSC
MEC
CC.AA.
CC.LL.
2.4.- Establecimiento de protocolos en el Sistema de
salud de detección precoz y atención en el caso de MTAS
mujeres con discapacidad que se encuentren en MSC
situaciones de sospecha de sufrir malos tratos.
2.5.-Promoción de instrumental y aparatos de
exploración accesibles a todo tipo de mujeres con MTAS
discapacidad, en especial a las mujeres con MSC
discapacidad física en las mesas de exploración CC.AA.
ginecológica, acceso al equipo de radiografía etc. CC.LL.
2.6.-Asegurar la igualdad en el pago en los
materiales de incontinencia masculino y femenino.
MTAS
MSC
CC.AA.
2.7.- Incorporación de factores de riesgo en la cartilla
de seguimiento de la salud infantil.
MTAS
MSC
CC.AA.
2.8.- Adaptación de los programas de atención a la MTAS
mujer climatérica a las necesidades específicas de las MSC
mujeres con discapacidad. CC.AA.
CC.LL.
2.9.- Adecuación de los programas de atención al MTAS
proceso de envejecimiento a las necesidades MSC
específicas de las mujeres con discapacidad. CC.AA.
CC.LL.
Medidas dirigidas a posibilitar que las mujeres
con discapacidad tengan una vida sexual y
reproductiva plena.
2.10.- Introducción de la perspectiva de género y
discapacidad en la futura Ley de Salud Sexual y
Reproductiva.
MSC
- 51
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
gramas y protocolos
específicos, diferenciados por tipos de discapacidad,
sobre sexualidad y planificación familiar,
adaptándolos al estilo de vida de las mujeres con
discapacidad, para potenciar su responsabilidad en la
propia salud reproductiva y sexual, incluida la
prevención de embarazos no deseados y de la
transmisión heterosexual del VIH y otras infecciones
de transmisión sexual.
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
gramas y protocolos
específicos, diferenciados por tipos de discapacidad,
sobre sexualidad y planificación familiar,
adaptándolos al estilo de vida de las mujeres con
discapacidad, para potenciar su responsabilidad en la
propia salud reproductiva y sexual, incluida la
prevención de embarazos no deseados y de la
transmisión heterosexual del VIH y otras infecciones
de transmisión sexual.
MTAS
MSC
CC.AA.
CC.LL.
2.12.- Asegurar mecanismos eficaces para que la
interrupción voluntaria del embarazo, en los
supuestos legales, se realice en la red sanitaria
pública o quede garantizada por ésta.
MTAS
MSC
CC.AA.
2.13.-Fomento del diagnóstico prenatal en las MTAS
mujeres con discapacidad como grupo de riesgo para MSC
prevenir malformaciones congénitas. CC.AA.
CC.LL.
2.14.-Promoción de programas específicos de MTAS
atención a las mujeres con discapacidad en el MSC
embarazo y en el puerperio. CC.AA.
CC.LL.
OBJETIVO 3. Mejorar la atención ofrecida a las
mujeres con discapacidad.
3.1.- Sensibilización de profesionales de la sanidad MTAS
sobre la realidad especifica de las mujeres con MSC
discapacidad. CC.AA.
CC.LL.
3.2.- Formación de profesionales de la sanidad sobre MTAS
mujer y discapacidad, para una atención diferenciada. MSC
CC.AA.
CC.LL.
OO.SS.
- 52
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
género
y discapacidad en el sistema de información
sanitaria.
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
género
y discapacidad en el sistema de información
sanitaria.
4.1.- Fomento de inclusión de información sobre
edad, sexo y discapacidad, en la recogida de datos
del sistema de información sanitaria y análisis de los
mismos teniendo en cuenta la perspectiva de género
y discapacidad.
MSC
4.2.- Elaboración de indicadores de salud sensibles a
género y discapacidad. MTAS
MSC
- 53
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
Casi medio millón de mujeres con discapacidad ofrecen el rostro de la
feminización de la pobreza en su concepción más extensa, ya que
ésta, además de la falta de recursos económicos, lleva implícita la
carencia de recursos personales y sociales para salir de esa situación
Nuestro Sistema de Seguridad Social se caracteriza por la existencia
de varios subsistemas con orígenes históricos y efectos distintos, por
lo que el primer problema general que se plantea es la diversidad de:
•
Las cuantías económicas de las pensiones según de donde
procedan del sistema contributivo o no contributivo, ya que el
primero es más acorde con los ingresos obtenidos en la vida
activa. Las mujeres con discapacidad tienen diferencias muy
importantes en su nivel de ingresos, que se manifiesta en el
alto porcentaje de perceptoras de pensiones no contributivas,
(73,46%) producto de la falta de cotizaciones al no haber
accedido al empleo y por tanto, al derecho a una pension
contributiva.
•
La intensidad de la cobertura de los servicios para hacer frente
a la situación de dependencia. Según el Informe del Defensor
del Pueblo del año 2000, esta cobertura no se corresponde con
las necesidades actuales de cuidados personales y además las
mujeres con discapacidad tienen una mayor dificultad en el
acceso a la información y a una cobertura de servicios que les
son básicos para fomentar su autonomía personal. Por otra
parte, la oferta de servicios tiene desequilibrios territoriales
entre las diferentes CC.AA., ya que existe una amplia
dispersión en cuanto a los niveles de cobertura, los requisitos
de acceso a los servicios difieren y, sobre todo, las
aportaciones de la persona usuaria, que varían también de
unos territorios a otros.
En el sistema para la autonomía personal y atención a la
dependencia, cuarto pilar de nuestro estado del bienestar, las
mujeres con discapacidad conformarían el grupo de inclusión más
numeroso (63% frente al 37% de los hombres) y estarían
- 54
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
Asimismo la tutela judicial efectiva del derecho a la igualdad entre
mujeres y hombres que contemplará la legislación en esta materia
especialmente la inversión de la carga de la prueba y el
asesoramiento público institucional en los procesos civiles, sociales y
contenciosos-administrativos, supone un cambio sustancial en la
protección jurídica de las mujeres con discapacidad. Este Plan ha de
velar por potenciar su conocimiento y la ejecución de las actuaciones
que favorezcan su implantación en los ámbitos relacionados con estas
mujeres, de tal modo que se erradique tanto su discriminación directa
como indirecta.
Por otra parte, la aprobación de la reciente legislación de Seguridad
Social como es la Ley 8/2005, de 6 de junio para compatibilizar las
pensiones no contributivas de invalidez con el trabajo remunerado, y
la Ley 9 /2005 de 6 de junio, para compatibilizar la pensión SOVI con
las pensiones de viudedad, tienen una especial importancia ya que
mejora su acceso y disponibilidad de mayores recursos económicos.
Finalmente, para que las mujeres con discapacidad en mayor riesgo
de exclusión tengan un acceso en igualdad de oportunidades a todos
los derechos sociales, es necesario intervenir en una doble dirección:
sobre los sistemas para que se flexibilicen y puedan realmente ser
aprovechados por quienes más lo necesitan, teniendo para ello que
incorporar la variable género/discapacidad en los mismos, y sobre las
propias mujeres con discapacidad, para que mediante medidas de
acción positiva, salgan de su aislacionismo, se integren y participen
plenamente en todos los ámbitos de la vida social, aprovechando las
ventajas que ofrecen las nuevas tecnologías.
- 55
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
PLAN DE ACCIÓN PARA LAS
MUJERES CON DISCAPACIDAD
ORGANISMOS
Y
ENTIDADES
OBJETIVO 1. Fomentar el acceso a todos los
recursos, bienes y servicios a las mujeres con
discapacidad mediante medidas diferenciadores
que contemplen el ámbito rural y urbano. MTAS
1.1.-Difusión y asesoramiento de la nueva regulación
sobre compatibilidad de prestaciones de Seguridad
Social que tengan especial incidencia en las mujeres
con discapacidad (SOVI-Viudedad, pensiones no
contributivas y trabajo remunerado).
MTAS
1.2.- Investigación sobre la situación de las mujeres
con discapacidad en el ámbito de la protección social. MTAS
1.3.-Especial tratamiento a las mujeres con
dificultades de movilidad y comunicación en los
trámites administrativos para el acceso a los recursos
sociales, mediante un soporte tecnológico.
MTAS
MAP
CC.AA.
CC.LL.
1.4.- Tratamiento específico de las condiciones de
acceso a los recursos sociales, con prioridad y
facilidades en el acceso a ayudas técnicas cuando
sean mujeres con discapacidad las que las requieran.
MTAS
CC.AA.
CC.LL.
1.5.- Estudio comparativo del acceso a los servicios
de proximidad por género y discapacidad.
MTAS
CC.AA.
CC.LL.
1.6.- Introducción de la perspectiva de género en la
Oficina Permanente Especializada del Consejo
Nacional de la Discapacidad.
MTAS
1.7.- Elaboración de indicadores que evalúen el
impacto por género y discapacidad en todas las
políticas sociales.
MTAS
MAP
1.8.-Promoción de la concesión de ayudas
económicas para el acondicionamiento de viviendas
accesibles.
MTAS
MV
CC.AA.
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