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Mujeres con Discapacidad

01-12-2006

MUJERES CON DISCAPACIDAD

2007

Aprobado por el Consejo de Ministros

de 1 de diciembre de 2006

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

Introducción 3

Análisis de la situación de las mujeres con discapacidad 12

Estructura del Plan 15

Objetivo del Plan 15

Principios del Plan 15

Áreas y herramientas 23

Área I.Imágenes

y prejuicios 25

Área II.Vida

familiar, relaciones y maternidad 29

Área III.-Educación 34

Área IV.Empleo

37

Área V.-Poder y Participación 42

Área VI.-Violencia 45

Área VII.- Salud 49

Área VIII.- Protección Social y Jurídica 54

Actuaciones del MTAS 61

Herramientas 68

Abreviaturas 74

- 2

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

Durante demasiado tiempo se ha ignorado la situación de desventaja

social en la que se encuentran las mujeres con discapacidad, cuya

presencia ha permanecido invisible. Las propias mujeres con

discapacidad, líderes de los movimientos asociativos y las expertas,

venían considerando que la discriminación que sufren es semejante a

la que afecta a todo el colectivo de discapacidad, con un plus añadido

por el hecho de ser mujeres. Por tanto, en el diseño de las políticas

de intervención sería suficiente introducir la perspectiva de

discapacidad en las políticas de género -se trata de aproximadamente

el 9% del total mujeres- o la perspectiva de género en las políticas de

discapacidad (en España el 58% de las personas con discapacidad,

son mujeres).

Pero el “Manifiesto Europeo de Mujeres con Discapacidad” (Foro

Europeo de la Discapacidad 1997) desveló que los papeles atribuidos

por la sociedad a las mujeres con discapacidad, son distintos a los

que se asigna a las mujeres en general. Este fenómeno de la doble

discriminación, es diferente y al tratarse de una situación estructural,

precisa un enfoque especifico, innovador y prolongado en el tiempo,

hasta conseguir que se establezca una situación de equidad.

La doble discriminación de las mujeres con discapacidad no es

producto de una suma de las necesidades que se plantean por

discapacidad y género, sino que al conjugarse ambas variables, se

produce una situación diferente y especial que es preciso conocer y

reconocer con el fin de disponer de un instrumento operativo, como

es el presente Plan de Acción, que permita responder a las

necesidades de esa situación específica, y así favorecer el acceso a la

igualdad de oportunidades y el disfrute pleno de los derechos, de este

colectivo de mujeres.

El Plan de Acción para las Mujeres con Discapacidad, dispone los

medios necesarios para invertir la tendencia en lo que se refiere al

ejercicio de derechos (civiles, sociales, y políticos) y disfrute de

recursos, fomentando su participación, y modificando normas sociales

y estereotipos discriminatorios.

Con el fin de aunar la oportunidad de las políticas de transversalidad

y las políticas específicas, el Plan incluye dos tipos de medidas:

- 3

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

De acción positiva, tendentes a reducir la brecha entre hombres

y mujeres con discapacidad.

De carácter transversal, que basadas en un enfoque integrado

se engarcen en las políticas de carácter general que se

adopten, tanto en las políticas dirigidas a la ciudadanía en

general, como en las de carácter sectorial.

El Plan tiene una fuerte fundamentación conceptual y teórica, dada la

novedad del análisis de la situación, basada en los diferentes

estudios, informes, recomendaciones y conclusiones generados, tanto

en el ámbito internacional, en especial en el marco europeo, como en

nuestro país. Desde que en el año 1997 se difundiera el Manifiesto de

las Mujeres con Discapacidad en Europa, el Ministerio de Trabajo y

Asuntos Sociales ha sido un protagonista destacado con relación a la

promoción y participación en iniciativas para la toma en consideración

de la situación de las mujeres con discapacidad, contando siempre,

con la cooperación del movimiento asociativo de este sector.

La preocupación y las iniciativas por acercarse al conocimiento de la

situación y abordar las medidas o líneas de acción que permitan

poner en pie de igualdad con el resto de la ciudadanía, es

actualmente un objetivo de diversas instancias y Organismos:

En el ámbito Internacional:

CONSEJO DE EUROPA

El Consejo inició sus trabajos sobre las perspectiva de género

en la discapacidad a través de la creación de un Grupo de

Expertos, en el seno del Comité para la rehabilitación e

integración de las personas con discapacidad (CD-P-RR), cuyos

componentes fueron, mayoritariamente, precisamente, mujeres

con discapacidad, y centró su análisis en la realidad que no

comparten con los hombres con discapacidad. Los trabajos del

Grupo de expertos finalizaron con el Informe “La discriminación

ejercida contra las mujeres con discapacidad”, aprobado por el

citado Comité (CD-P-RR) en su reunión anual de octubre de

2002.

Elaboración del Plan de Acción para Personas con Discapacidad

del Consejo de Europa 2006-2014. Como resultado de la

- 4

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

UNIÓN EUROPEA

El Plan de Acción para personas con Discapacidad 2004-2010

de la Unión Europea tiene como objetivo general el de

contribuir a configurar una Europa incluyente, destacando el

papel fundamental de la lucha contra la discriminación y la

participación de las personas con discapacidad en la economía y

la sociedad.

Precisamente uno de los grandes principios que inspiran la

acción comunitaria es el de reconocimiento y protección de los

derechos de las personas con discapacidad, conforme al artículo

13 del Tratado de la CE y para ello la Comunidad puede adoptar

acciones adecuadas para luchar contra la discriminación basada

entre otros motivos, en la discapacidad y el sexo. Estas

medidas aparte de legislativas como la Directiva sobre igualdad

de trato, son también instrumentales, económicas,

metodológicas, etc.

El Plan se articula en torno a tres objetivos operativos: Plena

aplicación de la Directiva 2000/78/CE de igualdad de trato en el

empleo; reforzar la dimensión de la discapacidad en todas las

políticas comunitarias pertinentes y potenciar la accesibilidad

para todos. El Plan que tiene ese carácter instrumental se

desarrolla en dos fases. En la primera no se contienen

- 5

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

En este sentido, la Comisión ha respaldado los esfuerzos

emprendidos a escala internacional para asegurar a las personas

con discapacidad el pleno y equitativo ejercicio de sus derechos

fundamentales, especialmente la elaboración del Convenio de las

NNUU para promover y proteger los derechos fundamentales de

las personas con discapacidad. La Comisión apoya este

instrumento que coincide con el enfoque comunitario de la

discapacidad: basado en los derechos y ajustado a lo dispuesto

en el artículo 13 del Tratado CE. Consecuentemente, las acciones

comunitarias incrementarán, sin duda, el enfoque de género en

todas sus decisiones dirigidas a las personas con discapacidad.

NACIONES UNIDAS

El Comité Ad hoc especial, creado por Resolución 56/168 de

Naciones Unidas de 19 de diciembre de 2001,para la preparación

del Proyecto de “Convención internacional amplia e integral para

proteger y promover los derechos y la dignidad de las personas

con discapacidad”, en su 8ª sesión celebrada en Nueva York del

14 al 25 de agosto de 2006, adoptó el proyecto de Convención

Internacional sobre los Derechos de las Personas con

Discapacidad, que ha sido presentado para aprobación a la

Asamblea General en su 61ª sesión de septiembre a diciembre

de 2006.

El proyecto de Convención reconoce la situación de

discriminación en que se encuentran los menores y mujeres con

discapacidad por su doble condición, la de mujer y la de

persona con discapacidad y que les impide el pleno disfrute de

los derechos humanos y libertades fundamentales. Así se

recoge en el Preámbulo (apartados n y q) del texto adoptado

por el Comité ad hoc que, además en su artículo 3 sobre

Principios Generales, recoge en su apartado g) la Igualdad

entre el hombre y la mujer. Contiene asimismo el Proyecto un

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PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

En síntesis, resulta evidente la preocupación porque en el texto

de esta Convención se hiciera visible la situación de la mujer

con discapacidad y la llamada de atención a los gobiernos para

la puesta en marcha de medidas que aborden su situación y les

permita acceder al pleno disfrute de los derechos humanos y

las libertades fundamentales.

En el ámbito nacional:

Las mujeres con discapacidad gozan jurídicamente de los mismos

derechos, libertades y deberes civiles y políticos constitucionales y

únicamente se les podrá privar de los mismos en los casos de

incapacitación, a través de una sentencia judicial y en los términos y

extensión que la misma establezca. Sin embargo, la vulnerabilidad de

su situación dificulta el ejercicio real de dichos derechos, como ponen

de manifiesto diversos estudios e informes sobre los casos de

maltratos, abusos o extorsiones a que se ven sometidas, por lo que

es necesario la concreción de los derechos que les corresponden,

especialmente como destinatarias y usuarias de las prestaciones y

servicios, así como de medidas protectoras específicas para

garantizar el ejercicio efectivo de sus derechos y responsabilidades.

En relación con los derechos sociales, nuestra Constitución incluye la

mayoría de los derechos relacionados con la satisfacción de

necesidades como los relativos a la protección social económica y

jurídica de la familia (artículo 39), a un régimen público de Seguridad

Social para toda la ciudadanía que les garantice la asistencia y

prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad

(artículo 41), a la protección de la salud (artículo 43), al disfrute de

una vivienda digna y adecuada (artículo 47), a una política de

- 7

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

Los mandatos constitucionales son claros y específicos a la hora de

promover la igualdad y no discriminación. Así lo recoge el articulo 9.2

de la Constitución “corresponde a los poderes públicos promover las

condiciones para que la libertad y la igualdad sean reales y efectivas”

y se precisa con el artículo 14 “los españoles son iguales ante la ley,

sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de

nacimiento, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición, o

circunstancia personal y social”. De este modo, ambos mandatos

consagran la acción positiva y la no discriminación por razón de

discapacidad.

Como muchas de las discriminaciones se producen por considerar que

las leyes tienen carácter neutro, consolidando de este modo las

situaciones de desigualdad entre mujeres y hombres, se promulgó la

Ley 30/2003, de 15 de octubre, sobre medidas para incorporar la

valoración del impacto de género en las disposiciones normativas que

elabore el Gobierno, que exige la obligación de someter toda norma

de la Administración General del Estado, a un informe preceptivo

sobre el efecto que producirán en la vida de mujeres y hombres.

No obstante, ante cualquier planteamiento en materia de

discapacidad, hay que tener en cuenta el entramado competencial

entre el Estado y las Comunidades Autónomas. El Estado dispone de

competencias sobre la legislación en materia laboral, la legislación

básica en sanidad y seguridad social, y en este último caso también

sobre su régimen económico. Las Comunidades Autónomas, a su vez,

tienen competencia en la ejecución de la legislación en materia de

trabajo y relaciones laborales; desarrollo legislativo y ejecución de la

legislación básica sanitaria y de la seguridad social, salvo las normas

que configuran el régimen económico de esta última. En relación con

los servicios sociales, todas las Comunidades Autónomas han incluido

en sus Estatutos de Autonomía la competencia exclusiva sobre dicha

materia, aunque con diversas denominaciones, a partir de la cual han

promulgado Leyes de servicios sociales y/o acción social.

- 8

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

En materia específica de discapacidad, el primer desarrollo

constitucional lo constituye la Ley 13/1982, de Integración Social de

los Minusválidos (LISMI), que marcó un hito en nuestro país en

cuanto a la promoción e integración social de personas con

minusvalía. Transcurridos más de veinte años desde su promulgación

y con motivo del Año Internacional de la Discapacidad, se aprobó la

Ley 51/2003, de Igualdad de Oportunidades, No Discriminación y

Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad (LIONDAU)

que constituye la plasmación más elaborada en nuestro país para

establecer nuevas garantías y hacer efectivo de este modo el derecho

a la igualdad de oportunidades y la no discriminación y que son de

dos tipos: medidas de acción positiva y medidas contra la

discriminación. La LIONDAU fue reforzada ese mismo año por la Ley

62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y

del orden social.

En respuesta a estas normas, la Administración del Estado consideró

conveniente la elaboración de instrumentos de planificación que

administren la gradualidad en la puesta en marcha de la LIONDAU. A

tal fin, y simultáneamente a su elaboración, se diseñaron dos planes,

el I Plan Nacional de Accesibilidad 2004-2012 y el II Plan de Acción

para las Personas con Discapacidad 2003-2007.

Con respecto a conseguir la igualdad real de las mujeres, y basados

en los preceptos constitucionales citados, desde finales de los ochenta

se han venido llevando a cabo Planes de Igualdad de Oportunidades

entre mujeres y hombres, en los que se ha tenido en cuenta los

colectivos de mujeres más vulnerables, ejecutándose en estos

momentos el IV Plan.

Tanto en la LIONDAU, como en los planes para personas con

discapacidad y en los de igualdad entre mujeres y hombres, se ha

tenido en cuenta la igualdad de oportunidades de las mujeres con

discapacidad, aunque no con el análisis que se incorpora en este

- 9

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

. La legislación más relevante en materia de igualdad

entre mujeres y hombres, en nuestro país, es:

-

La Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la

violencia de género, que contiene en su articulado distintas

previsiones en materia de sensibilización, prevención y detección

(artículo 3); o respecto al de derecho de información (artículo 18)

o la establecida en el artículo 32 respecto a la consideración

especial en que se encuentran determinadas mujeres, como son

las mujeres con discapacidad.

-

El proyecto de Ley Orgánica de Igualdad efectiva entre Mujeres y

Hombres, cuyo artículo 1, establece: “esta Ley tiene por objeto

hacer efectivo el principio de igualdad de trato y de oportunidades

entre mujeres y hombres, en particular mediante la eliminación de

la discriminación de la mujer, sea cual fuere su circunstancia o

condición...”.

Por todo ello, tanto por lo que se refiere a la tutela del Estado como

a los criterios generales de actuación de los poderes públicos, existe

fundamento legal a la vigencia y oportunidad de este I Plan de

Acción, favoreciendo la aplicación de las medidas del Plan en los

ámbitos competenciales de los diferentes organismos de la

Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas,

Ciudades de Ceuta y Melilla y Corporaciones locales.

Por otra parte y desde la instauración de la democracia, la iniciativa

social se ha incorporado a la acción social del Estado, aunque las

mujeres con discapacidad han tenido una incorporación más tardía.

En la década de los 90 se crea en Cataluña, con carácter pionero en

Europa, la primera Asociación de mujeres con discapacidad. Este

enfoque se refuerza con la celebración de la IV Conferencia Mundial

de Pekín de Naciones Unidas para el avance social de las mujeres

(1995), generándose desde entonces en nuestro país el movimiento

de asociaciones de mujeres con discapacidad, al crearse nuevas

asociaciones en Cataluña, Andalucía y en Asturias, con gérmenes

relevantes en la Comunidad Valenciana y en Murcia.

En el año 2000 en el Comité Español de Representantes de Personas

con Discapacidad (CERMI) se constituye la Comisión de la Mujer y se

encuentran en proceso de constitución los CERMIs autonómicos.

- 10

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

También ha sido relevante el número de estudios y publicaciones que

se han sucedido sobre la situación de las mujeres con discapacidad,

lo que ha incrementado considerablemente el grado de conocimiento

del fenómeno de la doble discriminación. Consideración especial

merece la publicación del informe “Indicadores de exclusión social de

las mujeres con discapacidad” (Comisión Europea-Universidad

Autónoma de Barcelona-IMSERSO) que es una herramienta básica en

el diseño de cualquier plan de intervención para la igualdad de

oportunidades de las mujeres con discapacidad.

El I Congreso Internacional “Mujer y Discapacidad” (Valencia 2003)

celebrado en el marco del Año Europeo de Personas con

Discapacidad, ha supuesto un momento clave, tanto por el grado de

participación de las mujeres con discapacidad, como por la

importancia de sus conclusiones, especialmente las referidas a la

necesidad de impulsar medidas para que las mujeres con

discapacidad sean autónomas, participen en todos los ámbitos de la

vida social y adopten libremente sus papeles sociales sin cortapisas

que las condicionen.

Por último la Comisión de la Mujer del CERMI ha elaborado su I Plan

Integral de Acción para Mujeres con Discapacidad 2005-2008 que ha

sido ampliamente difundido entre las asociaciones de personas con

discapacidad de su ámbito.

- 11

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

N

DISCAPACIDAD

Las mujeres con discapacidad son diversas, ya que además de los

diferentes tipos y grados y situaciones cambiantes a lo largo de todo

el ciclo vital –desde niñas a mujeres mayores-, atraviesa todas las

clases sociales y las diferentes identidades culturales de nuestro país.

Se trata de una realidad que afecta a más de dos millones de

mujeres, que se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad y

muchas de ellas en riesgo de exclusión social, aunque todas

comparten, la posibilidad de padecer rechazo social, lo que produce

graves lesiones en la autoestima de mujeres con discapacidad.

Debido a sus especiales circunstancias, muchas de las barreras que

comparten con todas las mujeres, como son las dificultades para

conciliar la vida familiar y laboral, o la denuncia de violencia de

género familiar o institucional, se agudizan.

Alrededor de medio millón de mujeres con discapacidad en nuestro

país viven recluidas en sus domicilios, sin apenas poder de decisión

en el ámbito familiar, sin participación en los ámbitos laboral o

público, sin posibilidad de llevar una vida autónoma, con carencias de

carácter asistencial, agravadas por la edad avanzada y por asumir

casi en exclusiva la función de cuidadoras de sus progenitores.

A continuación se extraen los datos más destacables:

Las mujeres con discapacidad constituyen el 58% del total de

personas con discapacidad, siendo a partir de los 65 años el grupo

mayoritario, diferencia que se incrementa en personas mayores de

80 años de las cuales el 69% son mujeres frente al 31% de

hombres. (Fuente: Encuesta de Discapacidades, Deficiencias y Estado de Salud, 1999

INE, Fundación ONCE e IMSERSO, en adelante EDDES)

En relación con el estado civil de las personas con discapacidad, las

viudas representan el 39% del total de mujeres con discapacidad,

frente al 9% de los hombres con discapacidad viudos. Por lo que se

refiere al matrimonio, las mujeres casadas son un 45.2% del total de

mujeres, frente a un 67.30% de los hombres que se encuentran en

este estado. (Encuesta EDDES)

- 12

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

EDDES)

La tasa de actividad de las mujeres con discapacidad (21,7 %) es

menor a la de las mujeres globalmente consideradas (44%) y menor

que la de los hombres con discapacidad (34%). (EPA 2005)

La tasa de paro de las mujeres con discapacidad (19,70%) es tres

puntos y medio superior a la de las mujeres sin discapacidad

(16,20%) y casi siete puntos superior a la de los hombres con

discapacidad (12,80%). (Las personas con discapacidad y su relación con el empleo

con datos de la Encuesta de población activa, del 2º trimestre del año 2002, INE, 2003, en

adelante INE 2003))

Existe una brecha considerable en relación con los hombres con

discapacidad en los indicadores de impacto de las medidas de

fomento de empleo. De 43.088 personas con discapacidad

beneficiadas, sólo 12731 son mujeres, es decir, sólo el 29.54%

(EDDES)

Un análisis del perfil de las personas que perciben pensiones no

contributivas, denota un claro predominio de las mujeres: el

73,46% del total de preceptores, o dicho de otro modo, el número de

mujeres con PNC´s triplica el número de hombres (Mapa de Prestaciones de

naturaleza no contributiva, IMSERSO 2004).

En el perfil de las personas que perciben pensiones no

contributivas de jubilación, esta preeminencia se hace más

evidente, en cuanto que el 85,01% son mujeres. La presencia

femenina entre pensionistas mayores de 84 años se acentúa aún

más, llegando al 89,95% (Mapa de Prestaciones de naturaleza no contributiva,

IMSERSO 2004).

El análisis cruzado en función de la capacidad para el desempeño de

las actividades de la vida diaria, tanto básicas como

instrumentales, muestra los mayores niveles de dependencia. Del

total de personas que necesitan de ayuda para el desempeño de las

actividades instrumentales de la vida diaria, el 65,4% son mujeres

(Encuesta EDDES; 1999).

- 13

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

Entre los grupos de gran dependencia o dependencia severa, el

63% de las personas dependientes

discapacidad frente al 37% de hombres.

(Encuesta EDDES, 1999)

son mujeres con

Las mujeres con discapacidad apenas participan en los

ámbitos de poder de la sociedad a pesar de ser mayor su

participación en asociaciones. Por ejemplo, no llegan a la mitad

las asociaciones que cuentan con una presidenta, siendo un

20% en el caso de las asociaciones de personas con discapacidad

sensorial (Mujer con discapacidad y movimiento asociativo, QRM, 2004)

Este breve análisis permite deducir que muchas de las

mujeres con discapacidad constituyen un grupo considerable

de personas, que se encuentra en el umbral de la pobreza, y

que muestran, junto a otros colectivos, el rostro del fenómeno

de la feminización de la pobreza en nuestro país.

- 14

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

OBJETIVO DEL PLAN

El primer Plan de Acción para las Mujeres con Discapacidad tiene

como objetivo remover los obstáculos que ocasionan un fuerte

déficit de ciudadanía a las mujeres con discapacidad, a través

de medidas, que les garanticen el ejercicio y disfrute de sus

derechos y la participación plena en la vida social.

El Plan se refiere a todo el ciclo vital de las mujeres con discapacidad

y contempla toda su diversidad, aportando una herramienta de

trabajo con un enfoque integral y de género que garantice, mediante

medidas de acción positiva y transversales la igualdad de

oportunidades para las mujeres con discapacidad.

PRINCIPIOS DEL PLAN

Los ejes que inspiran este Plan se fundamentan en el reconocimiento

social de la discriminación que afecta a las personas con discapacidad

por un lado, y la discriminación por razón de género por otro, así

como en el marco normativo de Naciones Unidas, Unión Europea y

Consejo de Europa y que han sido recogidos en el artículo segundo de

la Ley 51/2003, de 2 de diciembre.

El espíritu de este Plan y las medidas de carácter positivo y

transversal que promueva estarán guiadas y fundamentadas en los

siguientes principios:

No discriminación

Igualdad de oportunidades

Acción positiva

Transversalidad

Vida autónoma

Participación

- 15

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

Normalización

Accesibilidad universal

Diseño para todos y todas

a) No discriminación

- De las personas con discapacidad

Declaración de los Derechos Humanos, Constitución Europea

Articulo II-81 “se prohíbe toda discriminación, y en particular la

ejercida por razón de sexo, raza, color, orígenes étnicos o sociales,

características genéticas, lengua, religión o convicciones, opiniones

políticas, pertenencia a una minoría nacional, patrimonio,

nacimiento, discapacidad, edad u orientación sexual” (se asume

íntegramente el articulo 21 de la Carta de los Derechos

fundamentales de la UE (2000/C 364/01).

Constitución española.

Artículo 14: “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda

prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza,

sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia

personal o social” y artículo 49: “Los poderes públicos realizarán

una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración

de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a los que

prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán

especialmente para el disfrute de los derechos que este Titulo

otorga a todos los ciudadanos”

-De género

Declaración de los Derechos Humanos. Convención sobre la

eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.

Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y

de las Libertades Fundamentales Artículo 14. “Prohibición de

discriminación. El goce de los derechos y libertades reconocidas en

el presente Convenio ha de ser asegurado sin distinción alguna,

especialmente por razones de sexo, raza, color, lengua, religión,

- 16

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

Constitución europea

Artículo II-83 Igualdad entre mujeres y hombres. La igualdad entre

mujeres y hombres deberá garantizarse en todos los ámbitos,

inclusive en materia de empleo, trabajo y retribución. El principio

de igualdad no impide el mantenimiento o la adopción de medidas

que supongan ventajas concretas a favor del sexo menos

representado.

Constitución española.

Artículo 14 precitado.

b) Igualdad de oportunidades

- De las personas con discapacidad

Constitución Europea.

Artículo II-86. Integración de las personas discapacitadas. La Unión

reconoce y respeta el derecho de las personas discapacitadas a

beneficiarse de medidas que garanticen su autonomía, su

integración social y profesional y su participación en la vida de la

comunidad.

LIONDAU (Ley de Igualdad de Oportunidades no discriminación y

accesibilidad universal)

Artículo 4. Vulneración del derecho a la igualdad de oportunidades.

“Se entenderá que se vulnera el derecho a la igualdad de

oportunidades de las personas con discapacidad cuando se

produzcan discriminaciones directas o indirectas, acosos,

incumplimientos de las exigencias de accesibilidad y de realizar

ajustes razonables, así como el incumplimiento de las medidas de

acción positiva legalmente establecidas.”

Artículo 5. Garantías del derecho a la igualdad de oportunidades.

“Con el fin de garantizar el derecho a la igualdad de oportunidades

a la personas con discapacidad, los poderes públicos establecerán

medidas contra la discriminación y medidas de acción positiva.

- 17

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

1. Se consideran medidas contra la discriminación aquellas que

tengan como finalidad prevenir o corregir que una persona con

discapacidad sea tratada de una manera directa o indirecta

menos favorablemente que otra que no lo sea, en una situación

análoga o comparable.

2. Se entenderá que existe discriminación indirecta cuando una

disposición legal o reglamentaria, una cláusula convencional o

contractual, un pacto individual, una decisión unilateral o un

criterio o práctica, o bien un entorno, producto o servicio,

aparentemente neutros, puedan ocasionar una desventaja

particular a una persona respecto de otras por razón de

discapacidad, siempre que objetivamente no respondan a una

finalidad legítima y que los medios para la consecución de esta

finalidad no sean adecuados y necesarios.”

-De género

Constitución Europea asumiendo el artículo 23 de Igualdad entre

hombres y mujeres de la Carta de los Derechos Fundamentales de

la Unión Europea.

Artículo II-83. Igualdad entre mujeres y hombres. La igualdad

entre mujeres y hombres deberá garantizarse en todos los

ámbitos, inclusive en materia de empleo, trabajo y retribución. El

principio de igualdad no impide el mantenimiento o la adopción de

medidas que supongan ventajas concretas a favor del sexo menos

representado.

-De género y de discapacidad

Consejo de Europa:

Declaración de Málaga (Mayo 2003) artículo 39 “poner en marcha

los medios necesarios para conseguir la autentica igualdad de

oportunidades entre hombres y mujeres y una participación activa

de las mujeres y jóvenes con discapacidad en el campo de la

enseñanza y de la formación, el empleo, la política social, la

participación en la toma de decisiones, la sexualidad, la

representación social, la maternidad y la vida familiar, para

prevenir la violencia”.

- 18

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

:

Informe sobre la situación de las mujeres de los grupos

minoritarios en la Unión Europea (2003/2009 (INI)) de la Comisión

de los Derechos de la Mujer e Igualdad de Oportunidades (Febrero

2004).

c) Acción positiva

Carta de los Derechos fundamentales de la Unión Europea

Artículo 26. Integración de las personas discapacitadas. “La Unión

reconoce y respeta el derecho de las personas discapacitadas a

beneficiarse de medidas que garanticen su autonomía, su

integración social y profesional y su participación en la vida de la

comunidad.”

Artículo 23. Igualdad entre hombres y mujeres. “La igualdad entre

hombres y mujeres será garantizada en todos los ámbitos,

inclusive en materia de empleo, trabajo y retribución. El principio

de igualdad no impide el mantenimiento o la adopción de medidas

que ofrezcan ventajas concretas a favor del sexo menos

representado”.

LIONDAU artículo 8. Medidas de acción positiva

1. Se consideran medidas de acción positiva aquellos apoyos de

carácter específico destinados a prevenir o compensar las

desventajas o especiales dificultades que tienen las personas

con discapacidad en la incorporación y participación plena en

los ámbitos de la vida política, económica, cultural y social,

atendiendo a los diferentes tipos y grados de discapacidad.

2.

Los poderes públicos adoptarán las medidas de acción positiva

suplementarias para aquellas personas con discapacidad que

objetivamente sufren un mayor grado de discriminación o

presentan menor igualdad de oportunidades, como son las

mujeres con discapacidad, las personas con discapacidad

severamente afectadas, las personas con discapacidad que no

pueden representarse a si mismas o las que padecen una más

acusada exclusión social por razón de su discapacidad, así como

- 19

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

3. Asimismo, en el marco de la política oficial de protección a la

familias, los poderes públicos adoptarán medidas especiales de

acción positiva respecto de las familias alguno de cuyos

miembros sea una persona con discapacidad.

Artículo 9. Contenido de las medidas de acción positiva

1. Las medidas de acción positiva podrán consistir en apoyos

complementarios y normas, criterios y prácticas más

favorables. Los apoyos complementarios podrán ser ayudas

económicas, ayudas técnicas, asistencia personal, servicios

especializados y ayudas y servicios auxiliares para la

comunicación.

Dichas medidas tendrán naturaleza de mínimos, sin perjuicio de

las medidas que puedan establecer las comunidades autónomas

en el ámbito de sus competencias.

2. En particular, las Administraciones públicas garantizarán que

las ayudas y subvenciones públicas promuevan la efectividad

del derecho a la igualdad de oportunidades de las personas con

discapacidad así como las personas con discapacidad que viven

habitualmente en el ámbito rural.

d) Transversalidad

En el ámbito de este Plan, transversalidad de las políticas, es el

principio en virtud del cual las actuaciones que desarrollan las

Administraciones públicas no se han de limitar únicamente a los

planes, programas y acciones pensados exclusivamente para las

mujeres con discapacidad, sino que las políticas de carácter general

en cualquiera de los ámbitos de actuación pública, han de tener en

cuenta las necesidades de las mujeres con discapacidad.

Las condiciones para el desarrollo de la transversalidad en las

políticas de carácter general se han de basar en:

Crear un contexto en el que se combinen las disposiciones

legales, la voluntad política y la formulación de objetivos claros.

- 20

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

Reforzar las capacidades con formación y especialización a lo

largo de todo el proceso.

Establecer mecanismos institucionales adecuados, teniendo en

cuenta que los mecanismos institucionales últimos son nuevas

maneras de trabajar, de planificar y de aplicar las políticas.

Se trata de contemplar el “mainstreaming” que la Comisión de la

Comunidades Europeas (Bruselas 2003) define como “la organización

o reorganización, mejora, desarrollo y evaluación de todas las

políticas, de modo que se incorpore la perspectiva de una igualdad de

géneros a todos los niveles y en todas las etapas por los agentes

normalmente involucrados en la confección de políticas”. Asimismo se

ha de considerar que las políticas a favor de las personas con

discapacidad deben concebirse, adoptarse y evaluarse con el objetivo

de garantizar la igualdad de trato de las mujeres con discapacidad.

e) Vida autónoma

La vida autónoma es la situación en la que la mujer con discapacidad

ejerce el poder de decisión sobre su propia existencia y participa

activamente en la vida de su comunidad, conforme al derecho al libre

desarrollo de la personalidad. Es primordial aplicar políticas

destinadas a permitir que las mujeres con discapacidad lleven una

vida autónoma, aseguren cuando sea posible su subsistencia con su

trabajo, elijan su vida privada, profesional o familiar, tengan acceso a

la educación, al empleo, a los lugares públicos y privados y hagan

que el conjunto de la sociedad se beneficie de su experiencia, sus

capacidades y sus talentos.

f) Participación

Para alcanzar la total implantación de los derechos de las mujeres

con discapacidad y combatir las interferencias que impiden que vivan

una vida como ciudadanas en libertad y con dignidad, es preciso que

las mujeres con discapacidad participen en todo el proceso de

elaboración de las políticas desde su planificación, diseño, ejecución,

seguimiento y evaluación, así como en la toma de decisiones a todos

los niveles: políticos, económicos y sociales.

- 21

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

Las mujeres con discapacidad deberán poder ver considerado en el

mismo:

La pluralidad de sus respectivas circunstancias, aquellas

distintas especificidades generadas por la propia discapacidad y

género.

La diversidad de tiempos y espacios que habita una mujer

dentro de todo su ciclo vital.

Se deben considerar otras variables que incrementan el grado

de exclusión social tales como: diversa orientación sexual,

cultura, etnia, entorno rural etc.

g) Normalización

Este principio indica que las mujeres con discapacidad deben poder

llevar una vida normal, accediendo a los mismos lugares, ámbitos,

bienes y servicios que están a disposición de cualquier persona.

h) Accesibilidad universal

La accesibilidad universal es la condición que deben cumplir entornos,

procesos, bienes, productos y servicios, así como los objetos e

instrumentos, herramientas y dispositivos, para ser comprensibles,

utilizables y practicables por todas las personas en condiciones de

seguridad y comodidad y de la forma más autónoma y natural

posible. Presupone la estrategia de “diseño para todos” y se entiende

sin prejuicio de los ajustes razonables que deban adoptarse.

i) Diseño para todos y todas

Cuando se habla de diseño para todos, se hace referencia a la

actividad por la que se concibe o proyecta, desde el origen, y siempre

- 22

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

ÁREAS Y HERRAMIENTAS DEL PLAN

El Plan consta de 8 áreas:

ÁREA I.

IMÁGENES Y

PREJUICIOS

ÁREA II.

VIDA FAMILIAR,

RELACIONES Y

MATERNIDAD

ÁREA III.

EDUCACIÓN

ÁREA V. PODER Y

PARTICIPACIÓN

ÁREA VI.

VIOLENCIA

ÁREA VII.

SALUD

ÁREA VIII.

PROTECCIÓN

SOCIAL Y JURÍDICA

ÁREA IV.

EMPLEO

Las medidas se pueden agrupar desde el punto de vista instrumental

en cinco tipos de herramientas:

Investigación: que permita conocer la situación de las mujeres con

discapacidad en los diferentes ámbitos, y desde este conocimiento

plantear propuestas de acción.

Información: tanto a los diferentes órganos responsables de las

políticas públicas, como a las mujeres con discapacidad y sus familias

sobre derechos y recursos sociales que les permitan ejercerlos y

utilizarlos.

- 23

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

Comunicación y sensibilización, de tal manera que se modifiquen

estereotipos sobre las mujeres con discapacidad, y permitan una

comprensión más ajustada a la realidad vivida y sentida por las

mujeres con discapacidad.

Evaluación: con el diseño de indicadores que faciliten una valoración

sobre lo realizado y el impacto en la calidad de las vidas de las

mujeres.

COMUNICACIÓN

Y SENSIBILIZACIÓN

FORMACIÓN

INFORMACIÓN INVESTIGACIÓN

EVALUACIÓN

- 24

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

Las circunstancias de las mujeres con discapacidad son diversas, con

intereses y situaciones diferentes, lo que permite a algunas disfrutar

de una vida plena y otras ven limitados sus derechos y expectativas.

Sin embargo, la imagen social transmitida en la sociedad occidental

actual es la de un grupo compacto y homogéneo: la imagen

estereotipada de una mujer con discapacidad es de una adulta en

silla de ruedas y no se piensa, en una mujer ciega o con una

deficiencia grave auditiva y una alta cualificación profesional.

Tampoco está presente en el imaginario colectivo, el casi medio

millón de mujeres (estimación de EDDES 1999) que permanecen en

sus casas, con una escasísima participación social, y muchas de ellas,

sin ser conscientes de que tienen derecho a una vida mejor, que son

sujetos de derechos, que pueden y deben ejercitarlos.

Las imágenes sociales describen de forma esquemática los colectivos

a partir de una serie de creencias –estereotipos- y valoraciones –

prejuicios-, más o menos acertadas o erróneas. La imagen social de

la mujer con discapacidad es distinta de la del resto de las mujeres.

Comparten una imagen surgida en las sociedades patriarcales que las

sitúa en condiciones de inferioridad respecto a los hombres y las

ubica dentro del ámbito doméstico y familiar. Sin embargo, se les

niega la posibilidad de ejercer aquellas funciones que estas mismas

sociedades consideran propias de las mujeres, ya que según la

imagen estereotipada existente, las que tienen una discapacidad

carecen de las cualidades necesarias para ser esposas o compañeras

y madres. Por otra parte, no trabajan fuera de casa, pero, por ser

eternas niñas, tampoco son libres en el ámbito doméstico.

Por otro lado, la imagen de las mujeres con discapacidad comparte

algunos atributos con la de los hombres con discapacidad. Existe una

concepción de la discapacidad que lleva asociada ciertos atributos

como inferioridad, lo que suscita sentimientos de rechazo, miedo, etc.

Pero, mientras que al hombre con discapacidad se le considera apto

para trabajar, tener y disfrutar de una pareja, y tener hijos e hijas, a

ellas se les niega tales posibilidades.

La imagen social de las mujeres con discapacidad cumple una función

fundamental en la discriminación que sufren. Por una parte, ofrece

argumentos aparentemente razonables –prejuicios- para justificar la

- 25

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

Para modificar esta imagen y, poder cambiar las actitudes hacia estas

mujeres, hay que tener en cuenta que ésta se adquiere en la familia,

la escuela, a través de relaciones con los distintos grupos sociales en

el imaginario simbólico: los cuentos, leyendas y otros productos de la

cultura... En todo caso, no se debe olvidar el relevante papel que

cumplen los medios de comunicación social en la transmisión de

imágenes, estereotipos y prejuicios sobre las mujeres con

discapacidad.

- 26

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

ORGANISMOS

Y

ENTIDADES

OBJETIVO 1. Fomentar una imagen

equilibrada y no discriminatoria de las

mujeres con discapacidad en los medios de

comunicación social.

1.1.-Acciones de sensibilización dirigidas a

profesionales de los medios de comunicación

sobre la utilización de una imagen no MTAS

estereotipada del papel de las mujeres con CC.AA.

discapacidad en la sociedad. teniendo en cuenta CC.LL.

las especiales dificultades en el ámbito rural

1.2.- Elaboración de criterios no discriminatorios

en relación con las mujeres con discapacidad en

los Observatorios de Publicidad discriminatoria,

para que se revisen los contenidos de los

mensajes en los medios de comunicación.

MTAS

CC.AA.

CC.LL.

1.3.- Elaboración de una Guía de Buenas Prácticas

dirigida a profesionales de la comunicación y de la

publicidad, que establezca mecanismos de

autocontrol sobre la transmisión estereotipada de

MTAS

la imagen de las mujeres con discapacidad.

1.4.- Presentación de modelos reales de mujeres

con discapacidad, atendiendo a su diversidad, así MTAS

como modelos positivos de mujeres con CC.AA.

discapacidad en cualquier medio de difusión. CC.LL.

1.5.- Apoyo de proyectos mediáticos y culturales

que refuercen la imagen cotidiana y positiva de las MTAS

mujeres con discapacidad en películas, CC.AA.

documentales, series de TV y publicidad. CC.LL.

- 27

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

gramas en los medios

audiovisuales específicos que generen y

promuevan actitudes y conductas positivas hacia

las mujeres con discapacidad.

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

gramas en los medios

audiovisuales específicos que generen y

promuevan actitudes y conductas positivas hacia

las mujeres con discapacidad.

MTAS

CC.AA.

CC.LL.

1.7.- Presencia y participación de mujeres con MTAS

discapacidad, en los programas en los que se CC.AA.

debatan temas de interés general, del colectivo de CC.LL.

las personas con discapacidad, o de las mujeres.

1.8.- Difusión en los medios de comunicación de

las actividades realizadas y promovidas por

mujeres con discapacidad

MTAS

CC.AA.

CC.LL.

1.9.- Fomento de una imagen no estereotipada de

las mujeres con discapacidad en las empresas, de

tal modo que aparezca con una visión cotidiana a

la hora de publicitar sus productos.

MTAS

OBJETIVO 2. Potenciar las acciones dirigidas

a los colectivos profesionales, dirigidas a

erradicar los prejuicios y estereotipos que

actúan con las mujeres con discapacidad.

2.1.- Incorporación en los Planes Institucionales

Ministeriales de la presencia y visibilidad de las

mujeres con discapacidad de manera que se

difundan modelos positivos.

MTAS/AGE

2.2.-Elaboración de protocolos, materiales

técnicos dirigidos a agentes y profesionales

implicados, en los que se incluyan el fomento de

una imagen positiva de las mujeres con

discapacidad, así como la eliminación de prejuicios

derivados de su doble discriminación.

MTAS/AGE

CC.AA.

CC.LL.

OBJETIVO 3. Sensibilizar a las mujeres con

discapacidad de que su situación es fruto de

la doble discriminación.

3.1.-Promoción de actuaciones específicas

destinadas a fomentar el análisis de los efectos de

la doble discriminación por parte de las mujeres

con discapacidad, y sus familias, dedicando una

especial atención a las mujeres afectadas por una

discapacidad grave, mujeres del ámbito rural e

inmigrantes.

MTAS/AGE

CC.AA.

CC.LL.

- 28

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

La familia de origen tiene una importancia fundamental en la

trayectoria vital que adoptan las mujeres con discapacidad. En ella es

donde se adquieren las primeras nociones de la visión del mundo que

predomina en cada sociedad y, por tanto, las mujeres con

discapacidad adquieren una determinada imagen de sí mismas que

lleva asociadas unas expectativas sobre lo que pueden y no pueden

hacer.

En nuestra sociedad occidental, una concepción desvalorizada de

estas mujeres refuerza actitudes y conductas de sobreprotección

familiar hacia ellas. Así, se las mantiene dentro del ámbito doméstico

y familiar porque “no pueden desenvolverse fuera del mismo”; en el

mundo exterior, “les pueden hacer daño, y sufrir episodios violentos”,

y se limitan las relaciones sociales. La sobreprotección coarta y, en

casos extremos, impide la autonomía condicionando, en muchos

casos, las posibilidades de integración y participación social de tales

mujeres.

A las mujeres con discapacidad se las considera incapaces de ejercer

las funciones que, tradicionalmente, se han reservado para las

mujeres: novias, compañeras, esposas y madres. Desde pequeñas,

se las persuade de que eso no es para ellas, que no pueden llevar

una vida independiente fuera de su familia de origen y, mucho

menos, ocuparse de unos hijos e hijas.

De hecho la defensa del derecho a la maternidad es una demanda

muy sentida por las mujeres con discapacidad, por ello este área

contempla medidas específicas de discriminación positiva

demandadas por las mujeres de este colectivo.

Por otro lado esta negación social a los roles que tradicionalmente

han desempeñado las mujeres esconde una realidad que permanece

invisible para la sociedad: la de las mujeres con discapacidad que

tienen a su cargo el cuidado de personas en situación de grave

dependencia (padres y madres de edad avanzada, sobrinos o

hermanos pequeños, etc.) sin un reconocimiento económico y social.

- 29

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

ORGANISMOS

Y

ENTIDADES

OBJETIVO 1. Potenciar la autonomía e

independencia de las mujeres con

discapacidad.

1.1.- Realización de un estudio de necesidades

para la detección de las carencias de servicios de

proximidad que precisen las mujeres con

discapacidad considerando las variables: tipo de

discapacidad, niveles socioeconómicos, de quien

dependen y edad.

MTAS

1.2.-Estudio de la posible implantación del

servicio de apoyo a domicilio a aquellas mujeres

con discapacidad que dado su grado de minusvalía

lo precisen, según se prevea en el Sistema para la

Autonomía y Atención a la Dependencia.

MTAS

CC.AA.

CC.LL.

1.3.- Fomento de la creación de servicios de

apoyo profesionalizado en el medio rural,

autogestionado por las propias mujeres, siempre

que ello sea posible.

MTAS

CC.AA.

CC.LL.

OBJETIVO 2. Incrementar la autonomía en el

ámbito familiar para erradicar la

sobreprotección.

2.1.-Campaña de desmantelamiento de la imagen

extendida de las mujeres con discapacidad, entre

las familias con mujeres y niñas con discapacidad.

MTAS

CC.AA.

CC.LL.

- 30

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

ja con

discapacidad, la asunción de sus derechos y

responsabilidades respecto a la misma y favorecer

así la autonomía personal.

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

ja con

discapacidad, la asunción de sus derechos y

responsabilidades respecto a la misma y favorecer

así la autonomía personal.

MTAS

CC.AA.

CC.LL.

ONGs

MEC

2.3.- Especialización en mujer con discapacidad de

las/los educadores/as de familia, posibilitando la

creación de unidades itinerantes en el medio rural.

MTAS

CC.AA.

CC.LL.

2.4.-Elaboración de protocolos de actuación

profesional y programas de implantación dirigidos

a familias con mujeres con discapacidad en

situaciones de conflicto.

MTAS

CC.AA.

CC.LL.

2.6.- Impulso de la constitución de grupos de

ayuda mutua en las ONGs. MTAS

CC.AA.

2.7.- Fomento de las actividades de ocio fuera del

ámbito familiar dirigidas a menores y adolescentes

con discapacidad y su incorporación a actividades

de ocio y tiempo libre, asegurando un tratamiento

no discriminatorio entre los dos sexos.

MTAS

CC.AA.

CC.LL.

ONGs.

OO.SS.

OBJETIVO 3. Fomentar el conocimiento del

uso diferencial del tiempo de las mujeres con

discapacidad.

3.1.- Elaboración de estudios sobre el uso del

tiempo de las mujeres con discapacidad en su vida

cotidiana.

MTAS

CC.AA.

CC.LL.

3.2.- Transmisión a la sociedad de la valoración

real, económica y social del trabajo doméstico y

de cuidados que realizan las mujeres con

discapacidad.

MTAS

CC.AA.

CC.LL.

- 31

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

jeres con

discapacidad.

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

jeres con

discapacidad.

4.1.- Realización de una investigación sobre el

conocimiento y desarrollo del derecho a la

sexualidad de las mujeres con discapacidad que se MTAS

encuentren en centros residenciales.

4.2.-Realización de una investigación sobre

sexualidad para el desarrollo de ayudas técnicas. MTAS

4.3.-Desarrollo de programas de educación

sexual y prevención de riesgos con especial

atención a las mujeres con deficiencias cognitivas,

enfermas mentales y mujeres con deficiencias de

comunicación.

MTAS

MEC

MSC

CC.AA.

CC.LL.

OBJETIVO 5. Facilitar el desarrollo del

derecho a las relaciones afectivas de las

mujeres con discapacidad.

5.1.- Realización de una investigación sobre el

tipo de relaciones de pareja existentes, que

permita desarrollar programas de actuación.

MTAS

5.2.- Realización de campañas de sensibilización y

encuentros en el movimiento asociativo de

personas con discapacidad y de mujeres con

discapacidad.

MTAS

CC.AA.

CC.LL.

OBJETIVO 6. Garantizar el derecho de las

mujeres con discapacidad al libre desarrollo

de la maternidad.

6.1.-Diseño de programas de planificación

familiar específicos, que tengan en cuenta las

diversas necesidades en función de los diferentes

tipos de discapacidad, incluyendo la garantía de la

autonomía de las mujeres en la toma de

decisiones respecto a la interrupción voluntaria de

su embarazo.

MTAS

MSC

CC.AA.

CC.LL.

- 32

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

jeres con

discapacidad que quieran ser madres y aquellas

que ya lo han sido.

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

jeres con

discapacidad que quieran ser madres y aquellas

que ya lo han sido.

MTAS

MSC

CC.AA.

CC.LL.

6.3.- Estudio de la viabilidad de una valoración MTAS

específica en los baremos de ingreso en las CC.AA.

escuelas infantiles a los hijos e hijas de mujeres CC.LL.

con discapacidad. MEC

6.4.- Promoción de servicios de proximidad para

la atención y cuidados de los hijos e hijas de las

mujeres con discapacidad.

MTAS

CC.AA.

CC.LL.

6.5.- Sensibilización e información a profesionales

que actúan en los procesos de custodia y adopción

para que no se produzcan situaciones

discriminatorias.

MTAS

MJ

6.6.-Atención multiprofesional destinada a

resolver los problemas que se puedan presentar

ante las exigencias de la maternidad.

MTAS

CC.AA.

CC.LL.

6.7.-Estudio del impacto de las medidas

adoptadas para garantizar ingresos mínimos en

las madres con discapacidad.

MTAS

MEH

CC.AA.

6.8.- Facilitación del acceso a los sistemas de

reproducción asistida, sensibilizando a las/los

profesionales implicados en el proceso y haciendo

accesible el propio sistema.

MTAS

MSC

CC.AA.

6.9.- Revisión y seguimiento de la aplicación de la

ley y disposiciones normativas sobre la

adjudicación de la patria potestad y guarda y

custodia de menores con madres con

discapacidad.

MTAS

- 33

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

El acceso al conocimiento y la formación es un elemento esencial

tanto para la autonomía personal al facilitar la adopción de decisiones

informadas, como para la integración y participación en la vida

económica, cultural social o laboral, ya que además de aportar la

información reglada necesaria para desempeñar una profesión u

oficio, ofrece conocimientos y pautas de socialización y culturización

fundamentales en la interacción social.

No obstante, muchas mujeres con discapacidad tienen graves

carencias educativas y formativas, ya que al no plantearse muchas

familias estos objetivos para sus hijas con discapacidad, no sienten la

necesidad de que éstas permanezcan y progresen al máximo en el

sistema educativo. Los déficits educativos de las mujeres con

discapacidad, tienen por tanto mucho que ver con la sobreprotección

que ejercen sus familias de origen, evitando de este modo, que las

mujeres con discapacidad decidan sus metas y medios para

conseguirlas.

Por otra parte los centros de enseñanza, con carácter general, no

cuentan con profesorado formado y sistemas adaptados a los

diferentes tipos de discapacidad, además de tener muchos de ellos

problemas de accesibilidad lo que no permite un seguimiento

adecuado de los distintos ciclos formativos, ni una participación

efectiva en actividades deportivas u extraescolares.

Todo ello provoca que exista mayor analfabetismo, una baja

escolarización y menor cualificación profesional en las personas con

discapacidad que en el resto de la población, incrementándose estas

tasas en razón del sexo, de tal manera que las tres cuartas partes de

las mujeres con discapacidad no han logrado superar los estudios

primarios y sólo una minoría (4%) tienen estudios universitarios.

Por otro lado se ha de promover el acceso al deporte para las

mujeres con discapacidad.

- 34

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

ORGANISMOS Y

ENTIDADES

OBJETIVO 1. Promover la integración e

inclusión de menores y mujeres con

discapacidad en todo el sistema educativo,

más allá de la enseñanza obligatoria,

asegurando un tratamiento no discriminatorio

por razón de sexo.

1.1.-Difusión de información, entre menores,

adolescentes, jóvenes y mujeres con discapacidad

sobre la importancia de la continuidad en el sistema

educativo, orientando y motivando sobre las

distintas oportunidades que este ofrece, impulsando

igualmente la práctica del deporte.

MTAS

MEC

CC.AA.

CC.LL.

1.2.- Inclusión en las campañas de información en

los distintos ciclos educativos de las cuestiones MTAS

sobre género y discapacidad, para eliminar los MEC

factores de la doble discriminación que pueden CC. AA.

sufrir los menores con discapacidad. CC. LL.

1.3.- Promoción de la participación de menores y

adolescentes con discapacidad en las actividades

escolares y extraescolares, especialmente la

práctica deportiva.

MTAS

MEC

CC. AA.

CC.LL.

1.4.- Diseño de programas para jóvenes y mujeres

con discapacidad mayores de 25 años destinados a MTAS

facilitar el acceso, ingreso y permanencia en la MEC

enseñanza superior, el ejercicio de los derechos CC. AA.

académicos y desarrollo de intereses culturales. CC. LL.

1.5.- Incorporación de las nuevas tecnologías al

sistema educativo dando prioridad a las mujeres

con discapacidad que residen en el ámbito rural,

fomentando la participación en la Red de

telecentros.

MTAS

MEC

MITC

CC.AA.

- 35

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

jeres con discapacidad en aquellas profesiones

en las que se encuentran infrarrepresentadas.

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

jeres con discapacidad en aquellas profesiones

en las que se encuentran infrarrepresentadas.

MTAS

CC. AA.

MEC

1.7.- Fomento de la reserva de plazas residenciales

para menores y mujeres con discapacidad que se

estén formando en cualquier nivel educativo.

MTAS

MEC

CC.AA.

OBJETIVO 2. Incorporar al sistema educativo

la perspectiva de discapacidad y género e

incentivar la participación de las familias de

menores con discapacidad en la vida escolar y

en las Asociaciones de madres y padres de

alumnas/os (AMPA).

2.1.- Incorporación de la perspectiva de género y

discapacidad en la formación en valores dentro del

currículo general del sistema educativo.

MEC

CC.AA.

2.2.- Inclusión de la discapacidad y el género en los

programas de formación y de actualización del

profesorado, y monitores de tiempo libre dentro de

los distintos niveles educativos.

MEC

CC.AA.

CC.LL.

2.3.- Asesoramiento y difusión entre el profesorado,

madres y padres y monitores de tiempo libre de

criterios que permitan el tratamiento adecuado de

la discapacidad y el género, para prevenir y evitar el

rechazo en el centro educativo de menores y

jóvenes con discapacidad.

MTAS

MEC

CC.AA.

CC.LL.

2.4.- Orientación a las familias sobre la incidencia MTAS

de la variable de género y discapacidad en la MEC

elección de estudios y profesiones de sus hijas. CC.AA.

CC.LL.

2.5.- Fomento de la colaboración de ONGs en las

actividades de motivación, y en el desarrollo de

actividades en los centros docentes.

MTAS

ONGs

MEC

- 36

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

El empleo es el instrumento por el que la mayoría de las personas

obtenemos recursos para poder vivir, además de ser un espacio de

participación social y desarrollo personal. No obstante, las

posibilidades de encontrar un empleo se ven ampliamente reducidas

para las mujeres con discapacidad, no sólo por tener bajos niveles

educativos sino porque su discapacidad les impida ejercer ciertos

trabajos, y los prejuicios y estereotipos sociales, asumidos por las

empresas y los compañeros y compañeras potenciales, suscitan

comportamientos discriminatorios hacia ellas.

Así, su tasa de actividad es del 27%, sensiblemente inferior a las

tasas de los hombres con discapacidad y con una importante

diferencia en la percepción de beneficios de las medidas de fomento

de empleo. Dentro de las mujeres con discapacidad en situación

activa, hay un elevado índice de desempleo ya que además de las

dificultades descritas, los centros de trabajo no suelen ser accesibles

y tienen dificultades añadidas para conciliar su vida profesional y

familiar, aún teniendo deseos y formación para incorporarse al

mercado de trabajo.

Ante esta situación, buena parte de ellas se ven abocadas a

permanecer inactivas, confinadas en el hogar y para las que la única

opción es percibir una pensión no contributiva, con el efecto perverso

de perpetuar su situación y de no manifestar siquiera la necesidad de

acceder al mercado de trabajo. Sin embargo se trata en muchos

casos de mujeres que realizan en el hogar un trabajo invisible y no

remunerado, como cuidadoras de los miembros de su familia y es

realmente importante poner de relieve todo el trabajo no remunerado

que llevan a cabo las mujeres, ya que sin él todo el sistema

económico social de nuestro país, no podría subsistir.

En el ámbito de la Seguridad Social, la Ley 8/2005, de 6 de junio,

para compatibilizar las pensiones de invalidez en su modalidad no

contributiva con el trabajo remunerado, tiene el objetivo de impulsar

la salida de las personas con discapacidad de la situación de

inactivos, y por tanto de las mujeres como beneficiarias mayoritarias

de estas pensiones, reconociéndose así su derecho a acceder al

mercado laboral.

- 37

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

ORGANISMOS

Y

ENTIDADES

OBJETIVO 1. Fomentar la adecuación de las

competencias básicas y profesionales de las

mujeres con discapacidad, que no han podido

acceder a la educación formal.

1.1.-Estudio de la implantación de itinerarios

personalizados para mujeres con discapacidad de

orientación, formación y empleo, adecuándolos a las

exigencias del mercado de trabajo.

MTAS

CC.AA.

CC.LL.

1.2.-Estudio de la introducción de módulos

específicos en autoestima, habilidades sociales y MTAS

laborales, dirigidos a las mujeres con discapacidad en CC.AA.

los programas de formación ocupacional y MEC

profesional. CC.LL.

1.3.- Sensibilización a las mujeres con discapacidad

sobre las necesidades específicas en materia de

formación.

MTAS

CC.AA.

MEC

1.4.- Motivación y orientación laboral y profesional MTAS

las mujeres con discapacidad susceptibles de CC.AA.

incorporarse a actividades formativas diversas. ONGs

CC.LL.

1.5.-Reserva de plazas para mujeres con

discapacidad en los cursos que imparten las

instituciones públicas, como el Instituto de la Mujer,

los organismos de las CC.AA., CC.LL., Servicio

Público de Empleo Estatal, etc.

MTAS/AGE

CC.AA.

ONGs

CC.LL.

OO.SS.

1.6.-Desarrollo de cursos de formación ocupacional

dirigidos a mujeres con necesidades especiales de

aprendizaje que no se puedan integrar en cursos

ordinarios.

CC.AA.

CC.LL.

ONGs

OO.SS.

- 38

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

jo de mujeres con

discapacidad, inactivas y desempleadas

estableciendo medidas activas.

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

jo de mujeres con

discapacidad, inactivas y desempleadas

estableciendo medidas activas.

2.1.- Orientación y asesoramiento en materia de

derechos y empleo, estatutos, salarios dignos,

compatibilidad del trabajo con prestaciones no

contributivas de invalidez de la Seguridad Social,

para mujeres desempleadas con discapacidad y

trabajadoras demandantes de empleo.

MTAS

CC.AA.

ONGs

OO.SS.

2.2.- Apoyo a la implantación de premios que

incentiven a las empresas a adoptar medidas de

acción positiva para las mujeres con discapacidad

que disminuya la diferencia entre sexos en general y

en especial dentro del colectivo de personas con

discapacidad.

MTAS

CC.AA.

OO.SS.

2.3.- Promoción del teletrabajo para mujeres con

discapacidad, ofreciendo programas de formación

adaptados a las necesidades según el tipo de

discapacidad.

MTAS

CC.AA.

CC.LL.

2.4.- Fomento de la flexibilidad de las jornadas

laborales para ambos progenitores con el fin de

favorecer la conciliación de la vida familiar y laboral.

MTAS

CC.AA.

2.5.-Estudio sobre incorporación de criterios

prioritarios para mujeres con discapacidad en los

baremos de concesión de micro-créditos o

subvenciones a fondo perdido para las mujeres, con

el fin de favorecer el autoempleo.

MTAS

CC.AA.

2.6.- Estudio de adopción de medidas de inserción

laboral que den prioridad en la aplicación de esas

medidas a las mujeres con discapacidad beneficiarias

de la Renta Activa de Inserción.

CC.AA.

- 39

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

CC.AA.

2.8.- Estudio del impacto de las medidas para

fomento del empleo en las mujeres con discapacidad. MTAS

OO.SS.

2.9.-Desarrollo de programas de prácticas

profesionales dirigidos a mujeres con discapacidad.

MTAS

CC.AA.

CC.LL.

2.10.- Seguimiento de las medidas de inserción

laboral de mujeres con discapacidad, aprobadas en el

II Plan de Acción de personas con discapacidad 20032007.

Elaboración de indicadores del impacto de las

medidas contempladas en dicho plan.

MTAS

OBJETIVO 3. Adecuar las políticas de empleo a

la situación de doble discriminación.

3.1.- Estudio de indicadores de los perfiles laborales,

creando un sistema integrado de información

estadística sobre actividad y empleo de personas con

discapacidad, con perspectiva de género.

MTAS

3.2.- Análisis de las profesiones en las que las

mujeres con discapacidad se encuentran

infrarrepresentadas en relación con las mujeres en

general y con los hombres con discapacidad, con el

fin de proponer medidas encaminadas a facilitar su

diversificación profesional.

MTAS

3.3.- Estudio de las actitudes del empresariado y en

el entorno laboral, en relación con la contratación de

mujeres con discapacidad.

MTAS

- 40

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

jeres

con discapacidad al empleo público.

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

jeres

con discapacidad al empleo público.

4.1- Difusión entre las mujeres con discapacidad de

la oferta de empleo público, reserva de plazas y

facilidades para la adaptación de puestos.

MAP

MTAS

CC.AA.

CC.LL.

4.2- Establecimiento de programas de formación que

faciliten el acceso a la función pública a las mujeres

con discapacidad, dándoles prioridad en el acceso a

los cursos, teniendo siempre en cuenta las

características contenido y sector, a los que vayan

dirigidos.

MTAS

MAP

CC.AA.

CC.LL.

4.3.-Impulso de actuaciones para adecuar las

medidas recogidas en el Plan Concilia a las

necesidades de las mujeres con discapacidad.

MTAS

MAP

- 41

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

Una sociedad no puede considerarse plenamente democrática, si la

mitad de la población -las mujeres- no participan en la toma de

decisiones colectivas. Si la ciudadanía se compone al cincuenta por

ciento de ambos sexos, los órganos de poder y centros de decisión,

deben ser reflejo de dicha composición social.

Las mujeres con discapacidad apenas han participado en ningún

centro de poder ni en ningún proceso de toma de decisiones. Sus

situaciones han pasado inadvertidas -apenas un 20% de asociaciones

de personas con discapacidad desarrollan proyectos dirigidos a las

mujeres- diluidas en el conjunto de necesidades de los respectivos

colectivos, y ello pese al papel esencial que han jugado en la creación

e impulso de asociaciones de personas con discapacidad desde sus

inicios en los años 70. No obstante, en los últimos quince años están

empezando a oírse voces de mujeres con discapacidad en distintos

foros nacionales e internacionales que han hecho sacar a la luz la

doble discriminación que les afecta y que las sitúa en una situación

de desventaja respecto al resto de mujeres y a los hombres con

discapacidad.

La escasa participación de las mujeres con discapacidad en los

espacios y actividades de ocio y tiempo libre, simplemente percibida

por las interesadas (ya que no hay investigaciones al respecto) es

también otra carencia significativa, considerándose éste sin embargo

como un ámbito esencial para generar vínculos afectivos, desarrollar

partes importantes de la personalidad y habilidades sociales, así

como establecer un entramado de relaciones sociales imprescindibles

para su integración social.

- 42

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

ORGANISMOS

Y

ENTIDADES

Objetivo 1. Promover la presencia, participación,

liderazgo de las mujeres con discapacidad en la

esfera política y social y en los procesos de toma

de decisiones.

1.1.- Estudio sobre la posibilidad de determinación de MTAS

cuotas de participación de las mujeres con CC.AA.

discapacidad en los órganos de decisión de los CC.LL.

distintos ámbitos públicos. ONGs

OO.SS.

1.2.- Fomento del establecimiento de programas de

subvenciones a asociaciones de mujeres con

discapacidad para potenciar la participación de las

mismas en los organismos internacionales, nacionales,

autonómicos y locales, en todos los asuntos que les

atañen como ciudadanas.

MTAS

CC.AA.

CC.LL.

1.3.-Desarrollo de campañas de sensibilización

dirigidas a la sociedad en general y a las propias MTAS

mujeres con discapacidad para erradicar estereotipos CC.AA.

y garantizar la igualdad de trato y de oportunidades. CC.LL.

1.4.-Celebración de seminarios, jornadas y

encuentros interinstitucionales con participación de las

asociaciones de las mujeres con discapacidad para

analizar las necesidades, demandas y recursos que

impulsen la participación y el liderazgo.

AGE

CC.AA.

CC.LL.

ONGs

OO.SS.

1.5.- Apoyo de programas de formación de líderes que

estimulen la participación activa y liderazgo de las

mujeres con discapacidad en todo tipo de

asociaciones, empresas, administraciones, organismos

deportivos y organizaciones políticas y sindicales.

MTAS

CC.AA.

CC.LL.

ONGs

OO.SS.

- 43

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

jeres con discapacidad en las diferentes

actividades que se organicen desde las

Administraciones Públicas.

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

jeres con discapacidad en las diferentes

actividades que se organicen desde las

Administraciones Públicas.

AGE

CC.AA.

CC.LL.

1.7.- Apoyo a la programación de actos de promoción

de mujeres con discapacidad líderes de diferentes

sectores sociales, que promuevan la erradicación de

estereotipos y potencien la asunción de

responsabilidades y la lucha por los derechos públicos

y privados.

MTAS

CC.AA.

CC.LL.

OBJETIVO 2. Promover la participación de las

mujeres con discapacidad en el movimiento

asociativo.

2.1.- Apoyo a los programas de subvenciones para la

creación, constitución y mantenimiento de

asociaciones de mujeres con discapacidad.

MTAS

CC.AA.

CC.LL.

2.2.-Fortalecimiento de redes de mujeres con

discapacidad a través del apoyo a la constitución de

recursos humanos, documentales, informáticos y de

acceso a las nuevas tecnologías.

MTAS

CC.AA.

CC.LL.

OBJETIVO 3. Fomentar la participación de las

mujeres con discapacidad en los programas de

ocio y tiempo libre.

3.1.- Apoyo los programas de ocio y tiempo libre que MTAS

prioricen la participación de las mujeres con ONGs

discapacidad. MEC

CC.AA.

CC.LL.

OO.SS.

3.2.- Impulso a los servicios de apoyo con personal MTAS

voluntario, que fomenten la participación de mujeres MEC

con discapacidad muy afectadas, en actividades de CC. AA.

ocio y tiempo libre fuera del hogar. CC.LL.

ONGs

OO.SS.

- 44

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

La violencia contra las mujeres o violencia de género es la

consecuencia de una relación asimétrica de poder entre ambos sexos.

Tradicionalmente los hombres han ejercido el control sobre las

mujeres, y cuando lo pierden o temen perderlo recurren a la

violencia.

Las mujeres con discapacidad son víctimas de la violencia de género

ejercida contra las mujeres, pero, además, sufren un tipo de violencia

específica, siendo el grado de incidencia superior (de dos a cinco

veces más que las mujeres en general), según estudios realizados en

diversos países. Esta violencia es ejercida, no sólo por parte de

quienes mantienen o han mantenido relaciones afectivas con ellas,

sino también por las personas de su entorno familiar, social,

sanitario, asistencial, etc. Es decir, allí donde existe una relación de

desequilibrio de poder y dependencia, se favorece la existencia de la

violencia y el abuso.

De este modo, este abuso y violencia es evidente en la vida cotidiana

de muchas mujeres con discapacidad: la suplantación de su voluntad,

la ridiculización, la esterilización y el aborto sin su consentimiento, la

negligencia en su atención, etc. son hechos que se repiten, aunque

estas situaciones difícilmente se denuncian, lo que contribuye a

mantener la invisibilidad de una situación a todas luces injusta.

Esto es así, por actitudes sociales y barreras estructurales y físicas,

entre ellas, la poca credibilidad que se le atribuye a las mujeres con

discapacidad, especialmente en aquellas mujeres que tienen

dificultades de comunicación o intelectuales, el rechazo que produce

el victimismo y el problema añadido para interponer una denuncia

cuando no existen medios suficientes para hacerlo y son las propias

personas que les atienden sus agresoras, dependiendo de dichas

personas para poder formular la denuncia.

Pese a la ausencia de estudios contrastados, las mujeres con

discapacidad son más vulnerables a sufrir violencia, especialmente las

mujeres institucionalizadas o en situación de dependencia, así como

las inmigrantes. Del mismo modo, las/los menores con discapacidad

son objeto de maltrato.

- 45

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

ORGANISMOS

Y

ENTIDADES

OBJETIVO 1.- Conocer las características de la

violencia ejercida sobre las mujeres con

discapacidad, relación con la violencia de

género y la violencia relacionada con la

discapacidad.

1.1.-Investigación sobre la violencia específica

ejercida sobre las mujeres con discapacidad en

ámbitos institucionales y domésticos que permita

conocer sus causas y efectos.

MTAS

CC.AA.

1.2.- Desarrollo de herramientas para la identificación

precoz de situaciones de violencia que se pueden

estar perpetrando contra las mujeres con

discapacidad en entornos cerrados y segregados.

MTAS

CC.AA.

OBJETIVO 2.Sensibilizar

y formar sobre la

violencia de género en las mujeres con

discapacidad y el maltrato a menores

2.1.-Realización de campañas de prevención y

sensibilización sobre violencia de género y

discapacidad, dirigidas a mujeres que la padecen, a

las asociaciones relacionadas con la discapacidad y la

infancia y a la sociedad en su conjunto.

MTAS

CC.AA.

CC. LL.

2.2.- Información y formación sobre la violencia de

género a las mujeres con discapacidad (con especial

atención a aquéllas que se encuentran en situación de

riesgo de exclusión social) sobre sus derechos y

acceso a los recursos existentes.

MTAS

CC.AA.

CC.LL.

ONGs

OO.SS.

- 46

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

genes en relación con

la violencia de cualquier tipo, el maltrato a menores

y las agresiones sexuales, incluyendo aspectos

orientados a la prevención.

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

genes en relación con

la violencia de cualquier tipo, el maltrato a menores

y las agresiones sexuales, incluyendo aspectos

orientados a la prevención.

MTAS

CC.AA.

2.4.- Inclusión de las mujeres con discapacidad en

las campañas de sensibilización e información sobre

violencia.

MTAS

CC.AA.

CC.LL.

OBJETIVO 3. Garantizar una formación

adecuada en materia de violencia de género y

discapacidad, a los profesionales implicados

en la prevención, detección y atención de

mujeres con discapacidad.

3.1.- Elaboración de protocolos y programas de

implantación para la prevención, detección y

atención a mujeres con discapacidad,

especialmente en ámbitos institucionales y

domésticos.

MTAS

CC.AA.

CC.LL.

3.2.- Realización de actividades formativas en torno

a la violencia hacia las mujeres y maltrato a

menores con discapacidad, dirigidas a profesionales

del ámbito judicial, psicosocial y de seguridad

pública (Judicatura, Fiscalía, Forenses, Abogacía,

Fuerzas de Seguridad, Fuerzas Armadas).

MTAS

MJ

MI

MD

CC.AA.

CC.LL.

3.3.-Realización de actividades de formación

dirigidas a profesionales de la sanidad, educación y

servicios sociales, para que detecten y aprecien la

existencia de malos tratos, agresiones y abusos

sexuales a mujeres con discapacidad.

MTAS

MSC

CC.AA.

CC.LL.

MEC

3.4.-Realización de actividades de formación

dirigidas a profesionales de los servicios de atención

a víctimas de violencia, para que presten una

atención adecuada las mujeres con discapacidad.

MTAS

MSC

CC.AA.

CC.LL.

- 47

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

jeres con

discapacidad víctimas de violencia doméstica

o institucional.

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

jeres con

discapacidad víctimas de violencia doméstica

o institucional.

4.1.-Dotación de recursos a la Red de violencia de

género existente para que se adecuen a las

características específicas de las mujeres con

discapacidad, con especial atención a las más

vulnerables (mujeres institucionalizadas o en

situación de gran dependencia).

MTAS

CC.AA.

CC.LL.

4.2.- Impulso del incremento de redes sociales de MTAS

apoyo, a través de las asociaciones de mujeres con CC. AA.

discapacidad y otras organizaciones sociales. CC. LL.

ONGs

OO.SS.

4.3.- Prioridad en los plazos de ejecución en la

accesibilidad urbanística, arquitectónica y de

comunicación, de las casas de emergencia de

acogida y pisos tutelados.

MTAS

CC. AA.

CC. LL.

- 48

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

La asistencia sanitaria de carácter universal en nuestro país, no se

adecua a las necesidades y circunstancias de las mujeres con

discapacidad. Las leyes dictadas para eliminar las barreras

arquitectónicas, actitudinales y de comunicación, que fueron

concebidas para mejorar el acceso al sistema público de salud de las

personas con discapacidad se han mostrado incapaces de satisfacer

las necesidades específicas de las mujeres de este colectivo. Así, por

ejemplo, hay dificultades de accesibilidad a los servicios dirigidos a

las mujeres (ginecología, obstetricia, planificación familiar) el

instrumental utilizado en las consultas ginecológicas (camillas,

equipamiento para la realización de las exploraciones, mamografías,

etc.) no tiene en cuenta la presencia de una mujer con silla de

ruedas.

Así mismo, se dan con frecuencia conductas inadecuadas y

claramente discriminatorias por parte del personal médico-sanitario,

como no dirigirse directamente a ellas a la hora de hacer preguntas

sobre lo que les ocurre, sino hablar con la persona acompañante.

Otras veces, se quita importancia a las dolencias de estas mujeres,

atribuyéndolas a sus deficiencias.

Las dificultades que encuentran las mujeres con discapacidad en el

ámbito sanitario, les dificulta el disfrute de derechos esenciales como

el derecho a la maternidad, a la interrupción voluntaria del embarazo,

o al desarrollo de su sexualidad.

Finalmente, se debe hacer referencia a las llamadas Enfermedades

Raras, es decir, aquellas cuya incidencia en la población es inferior a

cinco casos por cada diez mil habitantes. Con frecuencia, las

enfermedades raras desembocan en discapacidad, debido a su

carácter degenerativo y buena parte de ellas tienen una prevalencia

mayor entre las mujeres que entre los hombres.

- 49

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

ORGANISMOS

Y

ENTIDADES

OBJETIVO 1. Conocer aspectos específicos de la

salud de las mujeres con discapacidad.

1.1.- Fomento de investigaciones sobre prevención,

diagnóstico y tratamiento de las causas de

discapacidad en mujeres.

MTAS

MSC

CC.AA.

1.2.- Apoyo a la investigación sobre la provisión de

servicios de atención ginecológica adaptados para

mujeres con discapacidad.

MTAS

MSC

CC.AA.

1.3.- Elaboración de estudios de prevalencia por sexo

en el caso de las enfermedades raras como esclerosis

múltiple, fibromialgia, enfermedad de Turner o artritis

reumatoide.

MTAS

MSC

CC.AA.

1.4.- Elaboración de un estudio, con perspectiva de MTAS

discapacidad y género sobre las necesidades de salud MSC

integral de las mujeres con discapacidad. CC.AA.

CC.LL.

OBJETIVO 2. Mejorar la calidad de la asistencia

sanitaria pública y de las prestaciones dirigidas

a las mujeres con discapacidad.

Medidas referidas a todo el ciclo vital de las

mujeres con discapacidad

2.1.- Realización de campañas de educación sanitaria,

con perspectiva de discapacidad y género, de

adquisición de hábitos de vida saludables dirigidas a

las mujeres con discapacidad.

MTAS

MSC

CC.AA.

CC.LL.

2.2.- Fomento de programas específicos de educación MTAS

en estilos de vida saludable, autoestima, nutrición, MSC

rehabilitación, ejercicio físico etc. dirigidos a menores MEC

y adolescentes con discapacidad. CC.AA.

CC.LL.

- 50

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

gramas de prevención y

promoción de la salud dirigidos a mujeres con

discapacidad, que contemplen acciones de

información y sensibilización sobre los derechos y

recursos de salud existentes.

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

gramas de prevención y

promoción de la salud dirigidos a mujeres con

discapacidad, que contemplen acciones de

información y sensibilización sobre los derechos y

recursos de salud existentes.

MTAS

MSC

MEC

CC.AA.

CC.LL.

2.4.- Establecimiento de protocolos en el Sistema de

salud de detección precoz y atención en el caso de MTAS

mujeres con discapacidad que se encuentren en MSC

situaciones de sospecha de sufrir malos tratos.

2.5.-Promoción de instrumental y aparatos de

exploración accesibles a todo tipo de mujeres con MTAS

discapacidad, en especial a las mujeres con MSC

discapacidad física en las mesas de exploración CC.AA.

ginecológica, acceso al equipo de radiografía etc. CC.LL.

2.6.-Asegurar la igualdad en el pago en los

materiales de incontinencia masculino y femenino.

MTAS

MSC

CC.AA.

2.7.- Incorporación de factores de riesgo en la cartilla

de seguimiento de la salud infantil.

MTAS

MSC

CC.AA.

2.8.- Adaptación de los programas de atención a la MTAS

mujer climatérica a las necesidades específicas de las MSC

mujeres con discapacidad. CC.AA.

CC.LL.

2.9.- Adecuación de los programas de atención al MTAS

proceso de envejecimiento a las necesidades MSC

específicas de las mujeres con discapacidad. CC.AA.

CC.LL.

Medidas dirigidas a posibilitar que las mujeres

con discapacidad tengan una vida sexual y

reproductiva plena.

2.10.- Introducción de la perspectiva de género y

discapacidad en la futura Ley de Salud Sexual y

Reproductiva.

MSC

- 51

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

gramas y protocolos

específicos, diferenciados por tipos de discapacidad,

sobre sexualidad y planificación familiar,

adaptándolos al estilo de vida de las mujeres con

discapacidad, para potenciar su responsabilidad en la

propia salud reproductiva y sexual, incluida la

prevención de embarazos no deseados y de la

transmisión heterosexual del VIH y otras infecciones

de transmisión sexual.

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

gramas y protocolos

específicos, diferenciados por tipos de discapacidad,

sobre sexualidad y planificación familiar,

adaptándolos al estilo de vida de las mujeres con

discapacidad, para potenciar su responsabilidad en la

propia salud reproductiva y sexual, incluida la

prevención de embarazos no deseados y de la

transmisión heterosexual del VIH y otras infecciones

de transmisión sexual.

MTAS

MSC

CC.AA.

CC.LL.

2.12.- Asegurar mecanismos eficaces para que la

interrupción voluntaria del embarazo, en los

supuestos legales, se realice en la red sanitaria

pública o quede garantizada por ésta.

MTAS

MSC

CC.AA.

2.13.-Fomento del diagnóstico prenatal en las MTAS

mujeres con discapacidad como grupo de riesgo para MSC

prevenir malformaciones congénitas. CC.AA.

CC.LL.

2.14.-Promoción de programas específicos de MTAS

atención a las mujeres con discapacidad en el MSC

embarazo y en el puerperio. CC.AA.

CC.LL.

OBJETIVO 3. Mejorar la atención ofrecida a las

mujeres con discapacidad.

3.1.- Sensibilización de profesionales de la sanidad MTAS

sobre la realidad especifica de las mujeres con MSC

discapacidad. CC.AA.

CC.LL.

3.2.- Formación de profesionales de la sanidad sobre MTAS

mujer y discapacidad, para una atención diferenciada. MSC

CC.AA.

CC.LL.

OO.SS.

- 52

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

género

y discapacidad en el sistema de información

sanitaria.

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

género

y discapacidad en el sistema de información

sanitaria.

4.1.- Fomento de inclusión de información sobre

edad, sexo y discapacidad, en la recogida de datos

del sistema de información sanitaria y análisis de los

mismos teniendo en cuenta la perspectiva de género

y discapacidad.

MSC

4.2.- Elaboración de indicadores de salud sensibles a

género y discapacidad. MTAS

MSC

- 53

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

Casi medio millón de mujeres con discapacidad ofrecen el rostro de la

feminización de la pobreza en su concepción más extensa, ya que

ésta, además de la falta de recursos económicos, lleva implícita la

carencia de recursos personales y sociales para salir de esa situación

Nuestro Sistema de Seguridad Social se caracteriza por la existencia

de varios subsistemas con orígenes históricos y efectos distintos, por

lo que el primer problema general que se plantea es la diversidad de:

Las cuantías económicas de las pensiones según de donde

procedan del sistema contributivo o no contributivo, ya que el

primero es más acorde con los ingresos obtenidos en la vida

activa. Las mujeres con discapacidad tienen diferencias muy

importantes en su nivel de ingresos, que se manifiesta en el

alto porcentaje de perceptoras de pensiones no contributivas,

(73,46%) producto de la falta de cotizaciones al no haber

accedido al empleo y por tanto, al derecho a una pension

contributiva.

La intensidad de la cobertura de los servicios para hacer frente

a la situación de dependencia. Según el Informe del Defensor

del Pueblo del año 2000, esta cobertura no se corresponde con

las necesidades actuales de cuidados personales y además las

mujeres con discapacidad tienen una mayor dificultad en el

acceso a la información y a una cobertura de servicios que les

son básicos para fomentar su autonomía personal. Por otra

parte, la oferta de servicios tiene desequilibrios territoriales

entre las diferentes CC.AA., ya que existe una amplia

dispersión en cuanto a los niveles de cobertura, los requisitos

de acceso a los servicios difieren y, sobre todo, las

aportaciones de la persona usuaria, que varían también de

unos territorios a otros.

En el sistema para la autonomía personal y atención a la

dependencia, cuarto pilar de nuestro estado del bienestar, las

mujeres con discapacidad conformarían el grupo de inclusión más

numeroso (63% frente al 37% de los hombres) y estarían

- 54

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

Asimismo la tutela judicial efectiva del derecho a la igualdad entre

mujeres y hombres que contemplará la legislación en esta materia

especialmente la inversión de la carga de la prueba y el

asesoramiento público institucional en los procesos civiles, sociales y

contenciosos-administrativos, supone un cambio sustancial en la

protección jurídica de las mujeres con discapacidad. Este Plan ha de

velar por potenciar su conocimiento y la ejecución de las actuaciones

que favorezcan su implantación en los ámbitos relacionados con estas

mujeres, de tal modo que se erradique tanto su discriminación directa

como indirecta.

Por otra parte, la aprobación de la reciente legislación de Seguridad

Social como es la Ley 8/2005, de 6 de junio para compatibilizar las

pensiones no contributivas de invalidez con el trabajo remunerado, y

la Ley 9 /2005 de 6 de junio, para compatibilizar la pensión SOVI con

las pensiones de viudedad, tienen una especial importancia ya que

mejora su acceso y disponibilidad de mayores recursos económicos.

Finalmente, para que las mujeres con discapacidad en mayor riesgo

de exclusión tengan un acceso en igualdad de oportunidades a todos

los derechos sociales, es necesario intervenir en una doble dirección:

sobre los sistemas para que se flexibilicen y puedan realmente ser

aprovechados por quienes más lo necesitan, teniendo para ello que

incorporar la variable género/discapacidad en los mismos, y sobre las

propias mujeres con discapacidad, para que mediante medidas de

acción positiva, salgan de su aislacionismo, se integren y participen

plenamente en todos los ámbitos de la vida social, aprovechando las

ventajas que ofrecen las nuevas tecnologías.

- 55

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

PLAN DE ACCIÓN PARA LAS

MUJERES CON DISCAPACIDAD

ORGANISMOS

Y

ENTIDADES

OBJETIVO 1. Fomentar el acceso a todos los

recursos, bienes y servicios a las mujeres con

discapacidad mediante medidas diferenciadores

que contemplen el ámbito rural y urbano. MTAS

1.1.-Difusión y asesoramiento de la nueva regulación

sobre compatibilidad de prestaciones de Seguridad

Social que tengan especial incidencia en las mujeres

con discapacidad (SOVI-Viudedad, pensiones no

contributivas y trabajo remunerado).

MTAS

1.2.- Investigación sobre la situación de las mujeres

con discapacidad en el ámbito de la protección social. MTAS

1.3.-Especial tratamiento a las mujeres con

dificultades de movilidad y comunicación en los

trámites administrativos para el acceso a los recursos

sociales, mediante un soporte tecnológico.

MTAS

MAP

CC.AA.

CC.LL.

1.4.- Tratamiento específico de las condiciones de

acceso a los recursos sociales, con prioridad y

facilidades en el acceso a ayudas técnicas cuando

sean mujeres con discapacidad las que las requieran.

MTAS

CC.AA.

CC.LL.

1.5.- Estudio comparativo del acceso a los servicios

de proximidad por género y discapacidad.

MTAS

CC.AA.

CC.LL.

1.6.- Introducción de la perspectiva de género en la

Oficina Permanente Especializada del Consejo

Nacional de la Discapacidad.

MTAS

1.7.- Elaboración de indicadores que evalúen el

impacto por género y discapacidad en todas las

políticas sociales.

MTAS

MAP

1.8.-Promoción de la concesión de ayudas

económicas para el acondicionamiento de viviendas

accesibles.

MTAS

MV

CC.AA.

- 56

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